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Plebiscito: ¿Qué debes llevar el día de la votación?

Por: Grace Russell
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La jornada del próximo 25 de octubre, día en que se llevará a cabo el Plebiscito Nacional, quienes asistan a votar, deberán tomar algunas medidas adicionales a las que se acostumbraban antes de la pandemia. Estas indicaciones fueron publicadas en un protocolo, el pasado 4 de septiembre en el Diario Oficial.

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¿Qué debe llevarse el día del Plebiscito?

Cada elector que asista a las mesas de votación en el Plebiscito Nacional, deberá traer consigo su carnet de identidad o pasaporte. Asimismo, se sugiere traer un lápiz pasta azul propio, con el que marcar la preferencia en el voto y firmar el padrón electoral.

En caso de no contar con uno, al momento de la votación, la mesa receptora de sufragios podrá proporcionar este elemento de escritura al elector.

Por otra parte, para las comunas en cuarentena, el carnet de identidad también se considerará como el permiso de quienes acudan a votar el día del Plebiscito Nacional. Por esto, no será necesario sacar permisos en Comisaría Virtual si el motivo de salida es acudir a un lugar de votación.

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Voto asistido y supermercados

Ese día, en que se votarán las elecciones “Apruebo” y “Rechazo”, y “Convención Constitucional” y “Convención Mixta” quienes requieran del voto asistido, como algunas personas en situación de discapacidad, podrán solicitarlo.

Por otra parte, durante el día 25 los supermercados se encontrarán abiertos, con excepción de los pasillos y góndolas en que se expendan bebidas alcohólicas. Esto, debido a la Ley Seca que regirá en estas elecciones desde las 5.00 de la mañana de ese día, y hasta doce horas después del cierre de las votaciones.

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Otras prohibiciones

Durante el día de votación, se prohíbe, por Ley, la presencia de electores que ingresen a sufragar haciendo uso de elementos o frases que sean indicativas de propaganda en sus vestimentas o elementos sanitarios, como mascarillas. Quienes transgredan esta medida, se exponen a multas por propaganda electoral fuera de plazo, las que van desde 20 a 200 UTM.

Asimismo, y de acuerdo a la Ley, los empleadores no podrán prohibir a sus trabajadores acudir a votar durante la jornada del Plebiscito Nacional. Para esto, deberán disponer de un plazo de dos horas, sin que sea descontado de sus remuneraciones.

 

 

 

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