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Caso Tomás Bravo: tribunal confirmó la absolución de Jorge Escobar por la desaparición del menor

Por: Carlos Cornejo
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El tribunal acogió los argumentos de la defensa de Escobar Escobar y lo absolvió del delito de abandono de menor con resultado de muerte.

Durante este lunes 21 de julio, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cañete absolvió a Jorge Escobar Escobar por el delito de abandono de menor con resultado de muerte, quien hasta entonces, era en único imputado en la muerte del pequeño Tomás Bravo, quien desapareció para posteriormente ser encontrado en febrero del año 2021, tras días de intensas búsquedas. 

Si bien, el pasado 2 de julio el tribunal ya había absuelto al tío abuelo del menor, fue durante este día lunes que se hizo oficial finalmente. Situación que se determinó luego de la unanimidad de los magistrados presentes. 

El hombre, ahora eximputado, estaba acusado de ser culpable en la muerte del pequeño "Tomasito", luego que este lo acompañara a buscar a los animales en el sector rural de Caripilún. Sin embargo, con el pasar de los años, no hubo pruebas concretas en contra de él.

Archivo: Caso Tomás Bravo.
Archivo: Caso Tomás Bravo.

Tío abuelo de Tomás Bravo es absuelto 

Es así, como durante esta tarde, finalmente el tribunal, luego de largos cuatro años falló a favor de la defensa de Escobar Escobar: “De acuerdo con lo establecido en el artículo 340 del Código Procesal Penal, nadie puede ser condenado por un delito sino cuando el tribunal que lo juzga adquiera, más allá de toda duda razonable, la convicción de que realmente se hubiere cometido el hecho punible objeto de la acusación y que en él ha correspondido al acusado una participación culpable y penada por la ley, siendo el estándar más allá de toda duda razonable una exigencia que se impone a quien pretende desvirtuar la presunción de inocencia, mientras que a la defensa le basta con introducir elementos o indicios a través de sus pruebas, mediante los cuales sustente su teoría del caso”.

"Consecuencialmente, y pese a que la prueba rendida en juicio fue concordante y exenta de contradicciones sustanciales en cuanto a corroborar gran parte de los hechos descritos en la acusación, tales circunstancias fácticas no lograron configurar la acción de abandono, la cual intrínsecamente conlleva a una situación de peligro para la víctima, propia del desamparo”, continúa el escrito. 

“Asimismo la defensa introdujo una duda razonable en cuanto a la eventual presencia de un tercero en el sitio del suceso, que podría haber tenido algún grado de participación en la desaparición de Tomás. En suma, no configurándose la tipicidad objetiva del tipo penal imputado, e introduciéndose una duda razonable sobre la participación de un tercero en los hechos, distinto del acusado, deberá decretarse su absolución”, detallaron. 

A todo esto, queda sumar, que el tribunal condenó a los acusadores, el pago de las costas que haya tenido Escobar Escobar, en este largo proceso por la desaparición y muerte de Tomás Bravo

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