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Postergación de créditos hipotecarios: ¿Cómo puedo solicitar más tiempo para pagar?

Por: Matías Rivera
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A principios de año, 4 de enero, se publicó en el Diario Oficial la ley que permite postergar las cuotas de créditos hipotecarios para la clase media y que otorga una garantía estatal de hasta seis meses en el marco de la pandemia del Covid-19. 

Esta ley va en ayuda de las familias que se han visto afectadas por una disminución en su ingreso económico en su vivienda principal. 

El beneficio sólo puede ser entregado por bancos, cooperativas de ahorro y crédito, agentes administradores de mutuos hipotecarios endosables y compañías de seguros.

Hipotecarios
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¿Qué establece la ley N°21.299?

Esta ley establece que los deudores podrán solicitar un crédito de postergación, para pagar cuotas de sus créditos hipotecarios. Eso viene en ayuda de las personas que se vieron afectadas por la pandemia y no tienen los recursos para pagar sus deudas.

Los créditos de postergación, que forman parte de un acuerdo mutuo de dinero, sólo podrán ser otorgados por las instituciones que fueron mencionadas arriba. Bancos, cooperativas de ahorro, entre otros.

Requisitos para acceder a la postergación de créditos hipotecarios

Los requisitos mínimos son los siguientes:

- Haber experimentado una disminución de al menos 25% del ingreso mensual.

- Que el crédito hipotecario a postergar se haya contratado para adquirir la vivienda principal del deudor.

Primeras viviendas por un valor de hasta UF 10.000, de acuerdo a la tasación original del crédito, lo que representa cerca de un 90% de las primeras viviendas.

- Mora en el pago de dividendo no superior a 30 días.

Además, cada jefe o jefa de hogar deberá demostrar la disminución en ingresos significativa en el último tiempo. 

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¿Cómo lo puedo solicitar?

Para solicitar la postergación tendrá que solicitar aquel crédito a su acreedor, el que, previa evaluación, podrá entregar los solicitado para luego realizar la postergación necesaria. 

Además, el crédito tendrá dos modalidades de pago: 

- Distribuyendo sus cuotas en el plazo restante del crédito hipotecario (o un plazo menor).

- Con posterioridad al crédito hipotecario, considerando un periodo de gracia en caso de que existan otros créditos que se hayan contratado con anterioridad para pagar cuotas hipotecarias.

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