Se prolongaron los días de duelo

Permiso laboral por muerte de familiar: ¿Qué dice el Código del Trabajo?

Por: Matías Rivera
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La muerte de un familiar puede ser uno de los episodios más complejos de un humano, ya que afecta por completo su forma de actuar. 

De hecho, en muchos casos estos episodios generan una tristeza o depresión profunda, la que no deja realizar actividades diarias como trabajar, hacer ejercicio, salir a comprar, entre otros. 

Para fomentar la dignidad del trabajo y respeto de los derechos fundamentales, el Código del Trabajo prolongó la duración de los permisos laborales por la muerte de un familiar. 

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¿De cuánto es el permiso laboral por la muerte de un familiar? 

Según el artículo 66 del Código del Trabajo, los permisos dependen del familiar que haya fallecido: 

Permiso por muerte del padre, madre o hermano

Tiene derecho a 4 días hábiles de permiso pagado por el empleador en caso de muerte del padre, de la madre o de un hermano (a), y se cuentan desde el día del fallecimiento. Estos días de permiso son adicionales al período de vacaciones y no se pueden compensar en dinero.

Permiso por muerte del cónyuge o conviviente civil

Cuando fallece el cónyuge o conviviente civil del trabajador, este tiene derecho a permiso pagado por el empleador durante 7 días corridos, los cuales empiezan a contar desde la fecha del fallecimiento. Estos días de permiso son independientes del feriado anual y no se pueden compensar en dinero.

Permiso por muerte de hijo o hija

Si el hijo o hija de un trabajador muere, este tiene derecho a 10 días corridos de permiso pagado por el empleador, y se cuentan desde el día del fallecimiento. Estos días de permiso son adicionales al período de vacaciones y no se pueden compensar en dinero.

Permiso por muerte de hijo/a en gestación

El trabajador tiene derecho a 7 días hábiles de permiso pagado por el empleador en caso de muerte de un hijo o hija en periodo de gestación.

El permiso se puede utilizar desde el momento de acreditarse la muerte, con el respectivo certificado de defunción fetal otorgado por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Estos días de permiso son adicionales al período de vacaciones y no se pueden compensar en dinero.

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