Todo dependerá de los trabajadores afectados

Feriados Irrenunciables: ¿Qué multas puede recibir el empleador por no cumplir la ley?

Por: Matías Rivera
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El sábado 18 y domingo 19 de septiembre son feriados irrenunciables y obligatorios para todos los trabajadores dependientes del comercio, por lo que aquellos empleadores que no cumplan la ley pueden sufrir multas. 

También es importante acotar que el viernes 17 de septiembre sí es feriado, pero normal, no irrenunciable. Debido a esto, el comercio puede funcionar normalmente.

Feriados irrenunciables
Feriados irrenunciables

¿Desde cuándo son los feriados irrenunciables?

La normativa explica que los feriados irrenunciables deben empezar a las 21:00 horas del día 17 de septiembre y finalizar a las 6:00 horas del 20 de septiembre.

De ninguna forma podrán trabajar más allá de ese horario, aunque haya acuerdo previo o cualquier otro tipo de convenio. 

Feriados irrenunciables
Feriados irrenunciables

¿Qué multas arriesgan los empleadores?

Los empleadores que no respeten los feriados, podrían recibir una multa de hasta $1 millón de pesos por cada empleado afectado. 

Las multas van desde 5 UTM ($263.155 a septiembre de 2021) hasta 20 UTM ($1.052.620) por cada trabajador afectado por la infracción. Es por esto que la multa depende del número de trabajadores:

- De 1 a 49 trabajadores: 5 UTM por cada trabajador afectado.

- De 50 a 199: 10 UTM por cada trabajador afectado.

- De 200 y más: 20 UTM por cada trabajador afectado.

En caso de que su empleador lo llame para trabajar estos días, puede ingresar la denuncia en direcciondeltrabajo.cl o llamando al 600 450 4000, entre las 09:00 y las 14:00 horas de los días 18 y 19.

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