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1 de mayo es feriado irrenunciable: Quiénes sí deben trabajar aquel día

1 de mayo es feriado irrenunciable: Quiénes sí deben trabajar aquel día - Créditos: ATON
1 de mayo es feriado irrenunciable: Quiénes sí deben trabajar aquel día - Créditos: ATON
Por: Matías Gálvez S.
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La Dirección del Trabajo (DT) entrega toda la información en su página web.

Se acerca un nuevo feriado en el calendario nacional. Luego de dejar atrás Semana Santa, mayo nos entrega una jornada festiva irrenunciable en su primer día: la conmemoración del Día del Trabajador en Chile.

Recordemos que el comercio no funciona con normalidad durante un feriado irrenunciable, por lo tanto, los trabajadores no ejercen sus labores cotidianas, siendo un día de total descanso.

Locales cerrados por feriado irrenunciable - Créditos: ATON
Locales cerrados por feriado irrenunciable - Créditos: ATON

Los únicos días que tienen este carácter son:

  • 1 de enero (Año Nuevo)
  • 1 de mayo (Día del Trabajador)
  • 18 de septiembre (Primera Junta Nacional de Gobierno)
  • 19 de septiembre (Día de las Glorias Navales)
  • 25 de diciembre (Navidad)

Las excepciones del feriado irrenunciable del 1 de mayo

La página web de la Dirección del Trabajo (DT) especifica cuáles son aquellas personas que sí deben trabajar durante el feriado irrenunciable, sea el 1 de mayo u otro que marque el calendario. Estos son los que se desempeñan en:

  • Clubes
  • Restaurantes
  • Establecimientos de entretenimiento como: cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets.
  • Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
  • Casino de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados.
  • Establecimiento de venta de combustible, las famosas bencineras.
  • Farmacias de urgencia y farmacias que deben cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
  • Tiendas de conveniencia asociadas a establecimientos de venta de combustibles, es decir, lugares comerciales de venta directa al público ubicadas dentro del recinto de las bencineras.

El otro feriado que tiene el quinto mes del año es el 21 de mayo, el Día de Las Glorias Navales. Aquella jornada no tiene el carácter de irrenunciable, es una festividad común y corriente y el comercio sí puede funcionar con normalidad.

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