El plazo comienza el 5 de octubre

Excusas para no cumplir la función de Vocal de Mesa

Por: Catalina Zúñiga
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Embarazadas, trabajadores de la salud o personas mayores de 60 años, se pueden excusar de ejercer función como Vocal de Mesa el próximo 25 de octubre, quien no lo haga podría ser denunciado por la Junta Electoral ante el Juzgado de Policía Local respectivo.

 

 

El Servicio Electoral (Servel) publicó este sábado 3 de octubre la nómina oficial de personas designadas como Vocal de Mesa y los miembros de los Colegios Escrutadores para el Plebiscito Nacional 2020, que se realizará el próximo domingo 25 de octubre y definirá la iniciación de un proceso para una nueva constitución o la mantención de la actual.

 

A través de su sitio web, el Servel, puso a disposición la información sobre los locales y las mesas de votación disponibles, como también sus respectivos delegados. Todo esto en la sección Consulta de Datos Electorales y que puede acceder ingresando su rut.

 

 

 

Junto a esta información,  el organismo avisó que desde el lunes 5 de octubre comienza el plazo de presentación de excusas ante las Juntas Electorales, para aquellos electores designados vocales que, por alguna de las causas contempladas en la ley, no puedan cumplir con su labor.

 

- Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.

 

- Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.

 

- Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.

 

- Para este Plebiscito y según el Protocolo Sanitario elaborado por Servel, tener 60 años o más.

 

- Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.

 

- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

 

- Estar la mujer en estado de embarazo o de puerperio dentro de las 6 semanas previas al parto y hasta 24 semanas siguientes a éste.

Vocal de Mesa
Vocal de Mesa

 

Plazo y nómina final de Vocal de Mesa

 

Si usted cumple con alguna de las causas mencionadas anteriormente, la puede presentar por escrito ante la Junta Electoral que le corresponda. El plazo finaliza el día miércoles 7 de octubre, para luego publicar una nómina de vocales reemplazantes el sábado 10 de octubre, quienes no podrán excusarse.

 

Sin embargo, si al momento de la elección se encuentran en una de las causales de excusa contempladas en la normativa, deben conservar la documentación que acredite dicha situación, ya que podrían ser denunciados por la Junta Electoral ante el Juzgado de Policía Local respectivo.

 

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