Límite de transferencias al mes: Revisa si tu cuenta fue reportada al Servicio de Impuestos Internos
La Ley N° 21.453 obliga a bancos y prepago a informar al SII si tu cuenta supera las 50 transferencias mensuales o las 100 en un semestre de distintos remitentes. Te explicamos cómo saber si estás en el radar y qué pasos seguir para regularizar tu situación.
La reciente implementación de la Ley N° 21.453 ha puesto en alerta a miles de chilenos que realizan ventas o prestan servicios a través de plataformas digitales o redes sociales. Esta normativa establece una obligación clara para los bancos e instituciones de prepago: informar al Servicio de Impuestos Internos (SII) sobre los titulares de cuentas que superen ciertos límites. El umbral más conocido y fácil de cruzar es el de recibir más de 50 abonos o transferencias de distintos remitentes en un solo mes, aunque también se considera el límite acumulado de 100 abonos en seis meses.
Si bien no existe un botón mágico para consultar si tu RUT específico fue reportado (ya que esta es una comunicación interna entre la entidad financiera y el SII), sí existen métodos concretos para determinar si superaste los límites y, lo más importante, cómo sabrás si esa información se convirtió en una fiscalización formal. En este artículo, te explicaremos la única forma de 'revisar' si fuiste informado, cómo funciona la estrategia del SII para las transferencias, y te guiaremos paso a paso sobre qué hacer para regularizar tu situación tributaria y evitar cualquier tipo de multa o sanción futura.
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¿Cómo revisar si mi cuenta fue reportada al Servicio de Impuestos Internos (SII)?
Como mencionamos, el proceso de reporte de tu cuenta al SII es una comunicación interna, por lo que no existe una plataforma pública o un certificado que puedas descargar para confirmarlo. La única forma de "revisar" tu estatus es conociendo los umbrales y prestando atención a las señales del Servicio.
El primer paso es un auto-chequeo. Si tu cuenta bancaria o de prepago (como MACH o Tenpo) cumple al menos una de estas condiciones, puedes asumir que tu información fue enviada al SII:
- Límite Mensual: Recibiste 50 o más abonos de diferentes RUT (personas o empresas) en un mismo mes calendario.
- Límite Semestral: Recibiste 100 o más abonos de diferentes RUT en el transcurso de seis meses.
El reporte solo se activa por transferencias de distintos remitentes. Las transferencias repetidas de una misma persona o los movimientos que haces entre tus propias cuentas no se consideran para este límite.
La señal definitiva: ¿Te ha contactado el SII?
El hecho de que tu cuenta haya sido reportada solo significa que el SII tiene acceso a la información agregada de tus movimientos. Sin embargo, la acción de fiscalización (el verdadero motivo de preocupación) solo inicia si el Servicio te contacta.
La única forma de saber que el reporte ha derivado en una acción es a través de una notificación oficial:
- Aviso en tu Portal de "Mi SII": El SII suele enviar mensajes directamente a tu sesión personal, notificando la existencia de un "diferencia" o "inconsistencia" en tus ingresos.
- Correo electrónico formal: Podrías recibir un correo donde se te invita a regularizar tu situación tributaria (iniciar actividades) o a justificar el origen de los fondos.
Las excepciones: ¿Quiénes NO son el foco de fiscalización?
El propósito de esta ley no es fiscalizar a personas que realizan actividades sociales o familiares. El foco está en el comercio informal. Aunque superes los límites, es altamente improbable que seas fiscalizado si tus movimientos corresponden a:
- Tesoreros(as) de curso o comunidades que recaudan fondos para eventos.
- Recaudaciones solidarias, rifas o bingos sin fines comerciales.
- Fondos comunes o cuotas de arriendo compartidas con roommates.
En estos casos, el SII realiza un análisis y si la cuenta no tiene un giro comercial asociado, la investigación no avanza, siempre que puedas respaldar el origen de los fondos en caso de una consulta formal.
Regulariza tu situación y evita sanciones
Si determinaste que superaste los límites de transferencias y la actividad que realizas es comercial (venta de bienes o servicios), el camino es la formalización mediante el Inicio de Actividades. Este proceso es crucial para demostrarle al SII que estás operando dentro de la ley.
Dar aviso de tu actividad (Inicio de Actividades)
El objetivo es notificar al SII que tu RUT generará ingresos por una actividad específica:
- Acceso y autenticación: Ingresa a www.sii.cl, ve a Servicios Online > RUT e Inicio de Actividades. Necesitarás tu Clave Tributaria o Clave Única.
- Define tu Categoría y Giro:
- Si eres un profesional que presta servicios (ej. asesorías, clases), tu actividad es de Segunda Categoría y emitirás Boletas de Honorarios.
- Si realizas ventas de productos o servicios comerciales (ej. venta de ropa, delivery), tu actividad es de Primera Categoría y emitirás Boletas de Ventas y Servicios.
- Domicilio: Informa la dirección donde realizarás tu actividad (puede ser tu domicilio particular bajo ciertas condiciones).
La obligación continua: Emitir boletas
Una vez que el SII acepta tu Inicio de Actividades, tu principal obligación para respaldar tus ingresos (y justificar tus transferencias) es emitir el Documento Tributario Electrónico (DTE) correspondiente por cada venta.
¿Cómo emitir boletas electrónicas gratuitas?
El SII ofrece un sistema gratuito y muy simple de usar para cumplir con esta obligación:
- 1. Inscríbete: Debes inscribirte primero en el sistema gratuito del SII. Ve a Servicios Online > Boleta de Ventas y Servicios Electrónica > Inscríbase aquí.
- 2. Usa la App o el Portal: Puedes emitir documentos de dos maneras:
- Sitio Web del SII: Es ideal para emitir y revisar grandes volúmenes.
- App Móvil e-Boleta SII: Perfecta para emitir boletas al instante desde tu celular, justo después de recibir la transferencia de tu cliente.
- 3. Regla Clave: Debes emitir una Boleta de Venta y Servicios Electrónica por cada transferencia o pago que recibas por productos (Primera Categoría) o una Boleta de Honorarios Electrónica si es un servicio profesional (Segunda Categoría).
Otras obligaciones tributarias post-formalización
La emisión de boletas te lleva automáticamente a las siguientes responsabilidades, que debes considerar:
- Declaración de IVA (Formulario 29): Si emites boletas afectas a IVA (Primera Categoría), debes declarar y pagar el IVA mensualmente.
- Declaración Anual de Renta (Formulario 22): Debes declarar anualmente tus ingresos y pagar el Impuesto a la Renta que corresponda.
- Patente Comercial: Si eres un contribuyente de Primera Categoría, deberás solicitar y pagar la patente comercial en la municipalidad correspondiente a tu domicilio tributario.








