Fiestas Patrias: Así funcionará el comercio este 18 y 19 de septiembre
Revisa la información clave sobre cómo funcionará el comercio este 18 y 19 de septiembre en Chile. Te explicamos los feriados irrenunciables, las multas por incumplimiento y las excepciones que aplican.
Con la llegada de las Fiestas Patrias, la atención se centra en cómo celebrar y, por supuesto, en cómo funcionará el comercio durante los feriados. El 18 y 19 de septiembre son fechas clave para el país, y como es tradición, la legislación establece una serie de normas que regulan la apertura y cierre de las tiendas y servicios para estos días festivos.
Anticiparse a estos cambios es fundamental para los consumidores. Aunque la mayoría de los establecimientos del comercio deberá cerrar sus puertas por ley, es importante saber que hay excepciones. A través de la fiscalización, la Dirección del Trabajo (DT) se asegura de que se cumplan las normativas, pero también informa a la ciudadanía para que pueda planificar sus compras y actividades de la mejor manera.
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Así funcionará el comercio este 18 y 19 de septiembre
Durante estas Fiestas Patrias, los días 18 y 19 de septiembre son feriados obligatorios e irrenunciables para la gran mayoría de quienes trabajan en el comercio, de acuerdo con lo establecido en la Ley 19.973.
Esto significa que supermercados, grandes tiendas y locales de conveniencia adosados a servicentros que solo venden productos envasados deberán cerrar sus puertas.
El descanso de los trabajadores comenzará a las 21:00 horas del miércoles 17 de septiembre y se extenderá hasta las 06:00 horas del sábado 20 de septiembre. "Solo se permiten excepciones en la rotación de turnos, lo que posibilita trabajar hasta la medianoche del día 17 o ingresar a partir de las 00:00 del sábado 20", comentó el director nacional (s) del Trabajo, Sergio Santibáñez.
Excepciones: ¿Qué locales sí pueden abrir?
Están excluidos de esta obligación restaurantes, clubes, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, casinos, farmacias de urgencia o de turno, expendios de combustible y aquellas "tiendas de conveniencia" que preparen alimentos en el mismo local.
Asimismo, los pequeños negocios de barrio podrán abrir, siempre y cuando sean atendidos por sus propios dueños o familiares directos.
Derecho a descanso y multas por incumplimiento
Además, existe una regla importante: el descanso bianual. Quienes estén exceptuados de este feriado tienen derecho a descansar al menos una vez cada dos años, siempre que se mantengan contratados por el mismo empleador.
Por ejemplo, si alguien trabajó en Fiestas Patrias de 2024, en 2025 debe obligatoriamente descansar esos días. "Este derecho busca equilibrar las condiciones de quienes deben trabajar en estas fechas, garantizando que puedan celebrar junto a sus familias al menos cada dos años", explicó el director nacional (s), Sergio Santibáñez.
En caso de incumplimientos, las multas pueden ser altas: desde $346.325 para micro y pequeñas empresas, hasta $1.385.300 para grandes empresas, por cada trabajador afectado. Junto a la sanción económica, los empleadores sorprendidos en infracción deberán poner término inmediato al turno y cerrar el local.
La Dirección del Trabajo atenderá denuncias a través de su sitio web (www.dt.gob.cl) y, además, desplegará un programa nacional de fiscalización, que incluirá controles aleatorios en todo el país.








