Corte Suprema autorizó cultos religiosos en comunas en cuarentena
Con votación unánime, la Tercera Sala de la Corte Suprema autorizó la realización de cultos religiosos incluso en cuarentena. Este acuerdo se toma debido a un recurso de protección que presentó la Corporación Comunidad y Justicia
El recurso de protección pedía que la justicia interviniera en las prohibiciones del programa Paso a Paso del Estado para frenar los contagios del Covid-19 en todo el país.
La petición para realizar cultos religiosos
La acción presentada por la Corporación Comunidad y Justicia había sido rechazada el pasado 8 de marzo por el tribunal de alzada de Arica. El recurso se había replicado en diversas cortes de Apelaciones del país: Copiapó, Valparaíso, Santiago, San Miguel, Rancagua, Concepción, Temuco, entre otras, siempre con malos resultados.
Hasta que llegó al máximo tribunal del país. Según se informó la Corte Suprema autorizó la realización de cultos religiosos basados en el principio y la garantía de igualdad ante la ley.
Según informó La Tercera, los supremos acordaron acoger la apelación presentada en contra del Ministro de Salud, Enrique Paris, con el argumento de que si en cuarentena se permite a los ciudadanos realizar ejercicio en las mañanas, también se debería acceder a que aquellas personas que quieren reunirse para orar, sea cual sea su creencia, puedan hacerlo con las medidas de precaución necesarias para evitar contagios en medio de la pandemia.
La sentencia saldrá en los próximos días, vísperas de Semana Santa, lo que permitirá a los fieles de cada religión desarrollar sus actividades con completa normalidad desde el Domingo de Ramos en adelante.
¿Dónde nace esta polémica?
Hace un par de días, la Conferencia Episcopal de Chile lanzó un comunicado donde criticaba la prohibición de cultos religiosos en comunas en Transición (Fase 2). El documento decía, "La libertad de culto y de práctica de la fe religiosa es un factor social esencial de una democracia moderna y para la consecución del bien común".
El gobierno de inmediato reaccionó a la causa y permitió la realización de cultos religiosos con un aforo máximo de 20 personas. Sin embargo, la decisión de la Corte Suprema va más allá y permitiría incluso reuniones con ciudades bajo confinamiento total.









