Beneficios tributarios por incendios en Ñuble y Biobío: revisa los requisitos y cómo solicitar las ayudas
El Gobierno y el SII activaron la condonación automática de multas e intereses para afectados por incendios en 15 comunas de Ñuble y Biobío. Los damnificados y pymes tienen plazo hasta el 28 de febrero para declarar su situación y acceder a los alivios tributarios.
El Gobierno y el Servicio de Impuestos Internos (SII) confirmaron la activación de una serie de beneficios tributarios destinados a los damnificados por los incendios forestales en las regiones de Ñuble y Biobío. Estas medidas de emergencia buscan aliviar la carga financiera de más de 7 mil personas que han perdido sus hogares y bienes, permitiendo la condonación de multas y otorgando facilidades de pago a través de la Tesorería General de la República.
La implementación de estas ayudas surge tras el decreto firmado por el presidente Gabriel Boric, quien instruyó a los organismos públicos a otorgar la máxima flexibilidad administrativa ante la catástrofe. De esta manera, tanto personas naturales como Pymes afectadas podrán postergar obligaciones y acceder a alivios económicos específicos, siempre que realicen el trámite oficial antes de que finalice el mes de febrero.
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Activan beneficios tributarios por incendios en Ñuble y Biobío
El apoyo central establecido por el SII consiste en la condonación automática de multas e intereses para los contribuyentes de las comunas afectadas que no puedan cumplir con sus pagos en el plazo legal debido a la emergencia.
Comunas beneficiadas
Actualmente, el beneficio rige para residentes y empresas de las siguientes 15 comunas:
- Región de Ñuble: El Carmen, Quillón, Coelemu, San Ignacio, Pinto, San Fabián, Coihueco, San Nicolás y Ránquil.
- Región del Biobío: Laja, Florida, Concepción, Penco, Tomé, Coronel y Santa Juana.
Requisitos para acceder
Para que el SII y la Tesorería apliquen estas medidas de alivio, se deben cumplir las siguientes condiciones:
- Residencia: Tener domicilio tributario en una de las 15 comunas declaradas en situación de emergencia.
- Declaración: El contribuyente debe registrar su situación de afectado en el sitio web del SII.
- Plazo: Realizar el trámite a más tardar el 28 de febrero de 2026.
- Acreditación: La medida aplica para quienes presenten dificultades de cumplimiento tributario producto de la catástrofe.
Medidas especiales para empresas y donaciones
Para mantener la operatividad de las actividades económicas, el SII permitirá deducir como gastos necesarios los montos destinados a contener los incendios o reparar daños. Además, las donaciones para los afectados no requerirán autorización previa, incluso si superan las 250 UTM.
¿Cómo solicitar los beneficios?
Para hacer efectivos estas ayudas, los afectados deben ingresar al sitio web oficial sii.cl y declarar su situación de emergencia. El plazo máximo para realizar este trámite es el 28 de febrero.








