Avanza proyecto de ley con nuevo requisito para acceder a la licencia de conducir: Estas personas serían las afectadas
El proyecto de ley que establece nuevas restricciones a la Ley de Tránsito superó una etapa clave en el Congreso y se acerca a convertirse en ley. Conozca el requisito que se sumaría a los exámenes tradicionales y a quiénes busca impactar la medida.
La licencia de conducir es uno de los documentos más importantes para la ciudadanía, actuando como una credencial indispensable para el transporte y, para muchos, como una herramienta esencial de trabajo. Sin embargo, su obtención y renovación podrían volverse significativamente más estrictas en el corto plazo. El Congreso Nacional ha dado un paso fundamental al aprobar una modificación a la Ley de Tránsito que busca añadir un nuevo y potente filtro a los requisitos tradicionales, moviendo la iniciativa a una de sus etapas finales antes de convertirse en ley de la República.
Este proyecto, que ha generado un amplio debate a nivel social y parlamentario, va más allá de los exámenes psicotécnicos, teóricos y prácticos ya conocidos. La nueva condición propuesta no está relacionada con la idoneidad vial, sino con el cumplimiento de ciertas obligaciones financieras y parentales. A continuación, revisamos en detalle cuál es este inédito requisito, a qué grupo específico de personas afectará, y cómo su incumplimiento podría llevar incluso a la cancelación de licencias de conducir que se encuentren vigentes.
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Avanza nuevo requisito para acceder a la licencia de conducir
El requisito que el proyecto de ley busca integrar a la normativa de tránsito es de naturaleza social: las personas que figuren en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos no podrán obtener ni renovar su licencia de conducir.
Esta medida tiene como objetivo central robustecer la Ley N° 21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores) y utilizar las licencias de conducir como una herramienta de presión para el cumplimiento de las obligaciones de pensión alimenticia en el país.
¿A quiénes afecta directamente?
El proyecto de ley restringe el acceso al documento a todas aquellas personas que cumplan con la condición de ser deudores. Específicamente, esto incluye a quienes están inscritos en el registro por adeudar, total o parcialmente:
- Tres mensualidades consecutivas de alimentos.
- Cinco mensualidades discontinuas de alimentos.
La iniciativa establece que los funcionarios municipales a cargo de la Dirección de Tránsito deberán realizar una revisión obligatoria de este registro al recibir cada solicitud de obtención o renovación, denegando la tramitación en caso de hallarse la inscripción.
Cancelación de licencias vigentes: el mecanismo de control
Uno de los puntos más relevantes de la propuesta es el mecanismo de control que afecta a quienes ya poseen una licencia. Si bien la restricción inicial es para la tramitación, el proyecto también dispone que:
- Si una persona ingresa al registro de deudores luego de haber obtenido o renovado su licencia, su carné puede ser cancelado.
- Los Departamentos de Tránsito y Transporte Público Municipal realizarán revisiones mensuales del registro para identificar a los deudores que residan en su comuna y que mantengan una licencia vigente.
- Una vez detectados, se procederá a la notificación de la cancelación administrativa del documento.
Este mecanismo busca asegurar que la inhabilitación sea una medida constante y no solo un obstáculo puntual al momento de la renovación.
Requisitos vigentes vs. la nueva exigencia
Para poner en contexto la importancia de esta nueva exigencia, a la fecha, los requisitos que todo postulante o renovante debe cumplir son:
- Tener la edad mínima reglamentaria (18 años, o 17 con las condiciones especiales).
- Haber aprobado la enseñanza básica.
- Cumplir con la idoneidad moral, física y psíquica (mediante exámenes médicos y psicotécnicos).
- Aprobar los exámenes teórico y práctico.
El no ser deudor de alimentos se sumaría como un requisito de idoneidad legal y social, equiparándose a las condiciones que se revisan en el proceso municipal.
La vía para la reincorporación
La iniciativa legislativa contempla una vía clara para que quienes queden inhabilitados recuperen su derecho a conducir. La reincorporación al sistema y la recuperación del documento se podrá solicitar una vez que el deudor sea eliminado del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, es decir, cuando haya cumplido con el pago y regularizado su situación.
Es importante destacar que el proyecto establece que en estos casos no se exigirá esperar los dos años que la normativa exige para otras causales de cancelación, privilegiando la rápida reinserción de la persona una vez que haya cumplido con sus responsabilidades financieras y parentales.
Estado actual del trámite y próximos pasos
El proyecto que busca sumar esta inédita restricción a la Ley de Tránsito ya superó con éxito su primer trámite constitucional en la Cámara de Diputadas y Diputados. Actualmente, la iniciativa continúa su discusión y votación en el Senado de la República, donde será revisada por las comisiones pertinentes antes de ser debatida en Sala.
De ser aprobado en el Senado sin mayores modificaciones, el proyecto pasaría a la etapa final de promulgación y publicación en el Diario Oficial. Si bien aún quedan instancias de tramitación y debate, el avance logrado hasta ahora indica que el requisito de no ser deudor de pensión de alimentos podría integrarse a la normativa vial y de transporte durante el próximo año, transformándose en una nueva realidad para quienes deseen obtener o renovar su licencia de conducir en el país.








