Subsidio DS49 2026: cómo postular al beneficio que entrega hasta 314 UF para comprar una casa
El Subsidio DS49 está dirigido a las personas que estén en el 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares.
El Subsidio DS49 es un beneficio entregado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo a personas que estén dentro del 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares.
A través de este aporte, es posible recibir hasta 314 UF (alrededor de $12.500.000) para comprar una vivienda construida de hasta 950 UF ($37.800.000 aproximadamente).
Adicionalmente, las personas inscritas en el Registro Nacional de Discapacidad cobrarán un pago adicional de hasta 20 UF (unos $800.000) o 80 UF (casi $3.200.000) en caso de movilidad reducida.
¿Cómo se postula al Subsidio DS49?
Para postular a esta ayuda monetaria, lo primero que deberá hacer la persona es abrir una cuenta de ahorro para la vivienda y depositar ahí su reserva.
Luego, deberá esperar a que se abra el periodo de solicitud, el que, si bien no se ha confirmado aún cuándo será en 2026, el año pasado tuvo lugar en agosto.
Una vez esto suceda, el trámite se podrá realizar a través de internet con la Clave Única, habiendo ya elegido una vivienda a comprar, la que debe tener un valor máximo de venta de 950 UF.
De forma presencial, es posible acercarse a las Oficinas de Atención Presencial del Serviu o a instituciones públicas que el organismo habilite para estos efectos.
Para más información, la entidad tiene disponible Minvu Aló, a la que se puede contactar llamando al 600 901 11 11 desde teléfonos fijos, o al 2 2 901 11 11 mediante celular. El horario de atención es de lunes a jueves, de 8:30 a 16:00 horas, y el viernes de 08:30 a 14:00 horas.
¿Qué se necesita para postular al Subsidio DS49?
La persona que quiera acceder a este beneficio deberá contar con una cédula de identidad vigente, además de una declaración de núcleo familiar y de no propiedad habitacional.
Adicionalmente, se solicitarán estos documentos, según corresponde:
- Declaración jurada de postulación.
- Las personas extranjeras deben presentar certificado de permanencia definitiva (emitido por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior o por Policía de Investigaciones de Chile).
- En caso de tener el ahorro en una entidad financiera en convenio con el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Banco Estado, Banco Desarrollo de Scotiabank, Coopeuch y Caja de Compensación Los Andes):
- Fotocopia de la libreta de ahorro o certificación en que conste a lo menos el número y tipo de libreta o cuenta.
- Mandato de Ahorro, firmado por el titular de la cuenta de ahorro.
- En caso de tener el ahorro en una entidad financiera sin convenio con el ministerio: certificado que da cuenta de los datos del titular, tipo y número de cuenta, saldos semestrales, saldo final, fecha de apertura de la cuenta y fecha de emisión del certificado.
- Si el postulante está divorciado y su cónyuge recibió un subsidio anteriormente (o tiene una propiedad inscrita a su nombre), debe presentar el certificado de matrimonio con la subinscripción de divorcio o nulidad correspondiente.
- Si el postulante está separado de hecho, debe acreditar el inicio del trámite de divorcio mediante una copia autorizada de la demanda con constancia de su notificación. El proceso de divorcio debe haber concluido antes de la entrega de la vivienda.
- Si el postulante, su cónyuge o conviviente, u otro miembro del núcleo familiar declarado tiene derechos de comunidad sobre una vivienda, debe presentar un certificado de dominio vigente. El certificado no puede tener una antigüedad mayor a 90 días corridos, contados hasta la fecha de la postulación. Para el pago del certificado de subsidio, deberá acreditar haber cedido sus derechos con la correspondiente escritura pública inscrita.
- Certificado de acreditación de la calidad indígena (si corresponde).
- Inscripción en el Registro Nacional de Discapacidad (si corresponde al postulante o a algún miembro de su grupo familiar).
- Certificado de defunción del cónyuge o libreta de matrimonio en que conste el RUN y la inscripción del fallecimiento (si corresponde).
- Tener ClaveÚnica.
Conoce los requisitos para recibir el Subsidio DS49
Para solicitar este subsidio, el o la beneficiaria deberá tener 18 años o más, además de contar con un ahorro mínimo de 10 UF (aproximadamente $400.000) acreditado en la fecha que corresponda, según el mes en que postule. La cuenta en la que se guarde el dinero deberá estar a nombre del postulante (no puede ser el cónyuge o conviviente civil).
Asimismo, no deberá poseer una vivienda ni ser usuario de otro beneficio habitacional. Deberá también pertenecer al 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares.
Si bien también se solicita poseer un núcleo familiar, de forma excepcional pueden acceder a este aporte quienes cumplan algunas de estas condiciones:
- Tener discapacidad (acreditada por la COMPIN).
- Ser adultos mayores de 60 años de edad o más.
- Tener calidad de indígenas.
- Ser viudo o viuda.
- Estar reconocidos como víctimas en el informe de la Comisión Nacional sobre prisión política y tortura o en la nómina elaborada por la Comisión Asesora para la calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura.
¿Cómo se calcula el Subsidio DS49?
El aporte entrega un monto base de 314 UF, dinero que varía según la ubicación de la vivienda. Además, se sumarán subsidios complementarios, los que se reciben según las características de cada familia y de la vivienda que se busque adquirir:
- Viviendas bien localizadas en zonas urbanas: 200 UF
- Factibilización (zonas rurales): 120 UF
- Vivienda en altura (en edificios de 3 o más pisos): 110 UF
- Discapacidad (obras especiales en la vivienda): 20 u 80 UF
- Superficie adicional (viviendas construidas sobre 37,5 mt2): Hasta 50 UF
- Premio al ahorro adicional (sobre las 10 UF acreditadas al momento de postular): Hasta 30 UF









