Ley Papito Corazón: así puedes activar el pago automático de la pensión de alimentos
La Ley Papito Corazón creó dos mecanismos para el pago de las deudas de alimentos, los que han beneficiado a la fecha a más de 340 mil hogares.
La Ley Papito Corazón, conocida formalmente como Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos, es una normativa establecida en mayo de 2023. Esta legislación creó dos mecanismos para el pago de la deuda desde las cuentas bancarias y otros instrumentos financieros del deudor.
Según los datos más recientes del Gobierno de Chile, los tribunales de familia ya han ordenado el pago de más de 3 billones de pesos, beneficiando así a sobre 340 mil hogares.
Sin embargo, muchas personas aún no saben cómo hacer valer la ley para comenzar a recibir el pago que les corresponde, motivo por el que es esencial conocer cómo se activa.
¿Cómo se activa la Ley Papito Corazón?
En caso de que el deudor tenga al menos una mensualidad impaga, los pasos que el o la representante de los niños o niñas debe seguir para que comience el procedimiento son los siguientes:
- Solicitar al Tribunal que se retengan los fondos del deudor en cuentas bancarias u otros instrumentos financieros.
- Si no se tiene conocimiento de fondos, la ley permite al tribunal investigar el patrimonio del deudor.
- Si se confirma que existen recursos disponibles en cuentas y/o instrumentos financieros, el Tribunal ordenará el pago de la deuda liquidada.
La retención de fondos se realizará en cuentas bancarias, cuentas de ahorro previsional voluntario, instrumentos financieros y de inversión que tenga el deudor.
Una vez se notifique esta resolución, la respectiva entidad bancaria o financiera tendrá un plazo de 15 días hábiles para realizar la transferencia ordenada por el tribunal.
De no cumplirse este plazo, la responsabilidad caerá en las correspondientes instituciones, es decir, ellos deberán hacerse cargo del pago efectivo de la deuda.
Para activar esta ley no se requieren abogados, ya que se inicia una vez la deuda esté en etapa de ejecución. Además, gracias al registro de deudores, las liquidaciones se realizan automáticamente de forma mensual.
¿Qué pasa si el deudor no tiene fondos suficientes para cumplir con la Ley Papito Corazón?
En aquellos casos en los que se adeuden al menos tres pensiones, seguidas o no, los tribunales podrán ordenar el pago con dineros obtenidos desde sus fondos previsionales.
Los requisitos para el pago mediante esta vía, además del antes mencionado, son los siguientes:
- Que la persona alimentante deudora no mantenga fondos en cuentas bancarias, cuentas de ahorro previsional voluntario (APV) y/o instrumentos financieros o de inversión; o, en el caso de tener fondos, que estos no sean suficientes para el pago total de la deuda (es decir, no saldó la deuda en la primera etapa del procedimiento).
- Se solicite el pago con los fondos de la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatoria (fondos de AFP).
Este procedimiento especial, según explica el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, puede ser utilizado cada vez que se cumplan los requisitos, teniendo la AFP un plazo de 10 días hábiles para realizar la transferencia.
Sin embargo, la ley establece porcentajes máximos de retiro desde estos fondos:
- Si la persona deudora se encuentra a 15 años o menos de cumplir la edad legal para jubilar, el pago que se realice no podrá exceder el 50% de los fondos acumulados en su cuenta.
- Si la persona deudora se encuentra a más de 15 años y menos de 30 años de cumplir la edad legal para jubilar, el pago que se realice no podrá exceder más del 80% de los fondos acumulados en su cuenta.
- Si la persona deudora se encuentra a más de 30 años de cumplir con la edad para jubilar, el pago que se realice no podrá exceder más de un 90% de los fondos acumulados en su cuenta.
Asimismo, si el deudor recibe pensiones por vejez o invalidez, no se podrán pagar las deudas de pensiones de alimentos con los recursos de su cuenta de capitalización individual de cotización obligatoria.
¿Hasta qué edad se puede activar la Ley Papito Corazón?
Según establece la ley, las demandas por manutención se pueden realizar por personas de hasta 21 años de edad. Adicionalmente, si el hijo o la hija está estudiando, este periodo se puede extender hasta los 28 años.
Una vez cumpla esta edad, existe un plazo de tres años para que prescriba la deuda por pensión de alimentos, pudiendo alargarse por dos años más.
Preguntas frecuentes sobre la Ley Papito Corazón
¿Cómo se activa la Ley Papito Corazón?
Se activa cuando existe al menos una pensión de alimentos impaga. La persona responsable del niño o niña puede solicitar al Tribunal de Familia que retenga fondos del deudor desde cuentas bancarias o instrumentos financieros.
¿Qué pasa si el deudor no tiene dinero en el banco?
Si el deudor no tiene fondos suficientes en cuentas bancarias, el tribunal puede ordenar el pago utilizando dinero desde su cuenta de AFP, siempre que existan al menos tres pensiones de alimentos impagas.
¿Hasta qué edad se puede exigir la pensión de alimentos?
Las demandas pueden presentarse hasta los 21 años del hijo o hija. Si la persona continúa estudiando, el derecho puede extenderse hasta los 28 años. Después existe un plazo legal para cobrar las deudas pendientes.










