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Subsidio Único Familiar: requisitos para recibir desde $22.007 mensuales

Subsidio Único Familiar - Agencia Uno
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Por: Eduardo Molina
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El Subsidio Único Familiar (SUF) es un aporte mensual dirigido a familias vulnerables sin previsión social. El beneficio alcanza los $22.007 por carga y puede duplicarse en casos de discapacidad.

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El Subsidio Único Familiar (SUF) es un beneficio mensual en Chile que entrega el Estado a madres, padres o tutores vulnerables sin previsión social, desde el quinto mes de embarazo o por cargas menores o con discapacidad, solicitándose en la municipalidad correspondiente y vigente por hasta tres años.

El Subsidio Único Familiar (SUF) Es un beneficio económico mensual que puedes solicitar en tu municipio si eres madre, padre, tutor o tutora, no tienes previsión social y perteneces al 60% de la población socioeconómicamente más vulnerable, según el Registro Social de Hogares (RSH). 

Durante el embarazo puedes solicitar el Subsidio Maternal (conocido como SUF Maternal) a partir del quinto mes de gestación.

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Este es un beneficio económico mensual que el Estado entrega a madres, padres o tutores que no cuentan con recursos suficientes para la mantención de sus cargas familiares (que serán entendidos como causantes de recibir el beneficio).

El monto es de $22.007 por causante menor de edad, mientras que el monto producto de causantes con discapacidad es el doble ($44.014).

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Subsidio Único Familiar: requisitos y exclusiones

Las y los causantes pueden serlo debido a dos motivos: ser menores de edad o ser personas con discapacidad. Los requisitos correspondientes son los siguientes:

  • Menores de edad:
    • Ser menor de 18 años.
    • Niños y niñas menores de ocho años deben formar parte de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil.
    • Niños y niñas mayores de seis años se debe acreditar que son alumnos/as regulares de la enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes, en establecimientos del Estado o reconocidos por este, a excepción de que fueran personas con discapacidad.
    • Que el o la menor no reciba ingresos iguales o superiores al valor del Subsidio Familiar, por ejemplo, que no esté recibiendo pensión alimenticia (la pensión de orfandad no se considera ingreso para estos efectos).
  • Personas con discapacidad intelectual o física.
    • Considera a personas de todas las edades.
    • No ser beneficiarias de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.
  • Además, debes pertenecer al 60% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH).

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Si bien el proceso de postulación puede variar entre municipalidades, por lo general, los documentos solicitados son los siguientes:

  • Certificado de nacimiento de la niña, niño o adolescente.
  • Para menores de seis años, Carnet Control Niño/a Sano/a al día.
  • Para mayores de seis años y menores de 18, certificado de Alumno Regular.
  • Para personas con discapacidad intelectual, acreditación de su condición de discapacidad. Esto se realiza a través de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.
  • Para mujeres embarazadas, certificación competente de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendida por una matrona o médico/a de los Servicios de Salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
  • Cuando la persona que quiera acceder al beneficio no es la madre o padre, deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.

Luego, debes acercarte a la Municipalidad correspondiente a tu domicilio y solicitar el Subsidio Familiar municipal. El Municipio se encargará de comprobar tu calidad de beneficiario y del cumplimiento de requisitos y antecedentes.

La respuesta será entregada en la misma Municipalidad cuando esté disponible.

Este beneficio dura tres años contado desde el mes en que se reconoce el pago. Sin embargo, los alcaldes pueden revisar cada caso en cualquier oportunidad y extinguirlo si han dejado de cumplirse los requisitos.

El beneficio se mantiene vigente hasta el 31 de diciembre del año en que el causante cumple los 18 años de edad, es decir, el beneficio se extingue una vez cumplidos los 18 años del causante. A excepción de que sea una persona con discapacidad.

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Para mantener el beneficio:

  • En el caso de niñas y niños menores de seis años, la persona beneficiaria debe acreditar anualmente hasta los seis años de edad del causante, que es parte de los programas de salud para atención infantil del Ministerio de Salud.
  • Para las y los menores, entre seis y 18 años de edad, se debe acreditar la asistencia al sistema escolar anualmente mediante certificado de alumno/a regular.
  • Si tienes SUF tradicional, antes de que pasen los 3 años de vigencia, debes dirigirte a la municipalidad donde te entregan el bono y solicitar la renovación.
  • Si tienes SUF automático, se te irá renovando automáticamente si cumples con los requisitos.
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Preguntas clave sobre Subsidio Único Familiar (SUF)

  • ¿Quiénes pueden recibir el Subsidio Único Familiar?

    Madres, padres o tutores sin previsión social que pertenezcan al 60% más vulnerable según el Registro Social de Hogares y tengan cargas menores de edad o personas con discapacidad.
     
  • ¿Cuánto dinero entrega el SUF en Chile?

    El beneficio paga $22.007 mensuales por cada carga menor de edad y $44.014 en el caso de personas con discapacidad acreditada.
     
  • ¿Dónde se postula al Subsidio Único Familiar?

    La postulación se realiza en la municipalidad correspondiente al domicilio del solicitante, donde se revisan los requisitos y documentos necesarios.
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