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Las claves del proceso constituyentes

¿Cambiar la constitución podría mejorar el sistema de pensiones?

Por: Estefani Petersen
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Estamos a casi un mes de que en nuestro país se realice el plebiscito del 25 de octubre y frente a esta instancia, una duda que surge es si cambiando la actual Constitución se pueden mejorar el sistema de pensiones.

En el plebiscito debemos elegir si aprobamos o rechazamos una nueva Constitución. En el caso de que ese día gane el apruebo ya hay quienes hablan de posibles cambios, uno de ellos se refiere a la Administración de Fondos de Pensiones (AFP), entonces surge la pregunta ¿Una nueva Constitución podría cambiar el sistema de pensiones?

¿Cómo funciona la AFP?

Cada trabajador cotiza en 10% de su sueldo mensual para su jubilación, dicho monto es administrado por una aseguradora de fondos de pensiones, en la entidad escogida el trabajador tiene la opción de destinar su dinero en distintos fondos que varían según el riesgo.

sistema de pensiones
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La AFP invierte estos fondos en la bolsa de valores u otras instituciones financieras para generar rentabilidad. Estos resultados positivos o negativos afectan el monto total del fondo del afiliado a lo largo de su vida laboral.

¿Una nueva Constitución podría cambiar el sistema de pensiones?

Según nos contó la abogada con Magister en Derecho Público, Francisca Parvex, la Constitución no regula directamente el sistema de pensiones que nos rige ya que esta fue creada a partir de una norma de menor jerarquía, esto es el Decreto Ley 3.500 del año 1980 normativa que instauró el sistema de capitalización individual, también conocido como pilar contributivo.

sistema de pensiones
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“Si bien, estricto rigor, el sistema de pensiones no está regulado en la Constitución de forma directa, ésta contiene una serie de normas que han contribuido ya en las 4 décadas de aplicación, a la estabilidad y permanencia del sistema actual.”

Teniendo lo anterior en consideración, la abogada Francisca Parvex afirmó que: “efectivamente la nueva Constitución podría cambiar el sistema de pensiones.”

Luego agregó que esto podría siempre que se cumplan dos requisitos: primero, que se eleve a rango de pilar fundamental la consagración del sistema de pensiones que rigen el ordenamiento jurídico y segundo, que se respete lo regulado de forma natural en relación a los derechos que ya han adquirido los afiliados al sistema de pensiones.

Sobre este importante tema debatimos en Bienvenidos. 

 

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