Registro Nacional de Deudores: ¿Quiénes serán parte del listado?
Este viernes 18 de noviembre entró en vigencia el Registro Nacional de Deudores, el que tiene por objetivo garantizar el pago de las pensiones alimenticias.
Este Registro emplea una serie de multas y sanciones para aquellos que no han pagado lo correspondiente a sus hijos. Asimismo, se señaló que serán parte de este listado los que no han depositado en tres meses o cinco discontinuos, según una resolución judicial ordene.
El acceso al Registro será remoto, gratuito e inmediato para cualquier persona con interés legítimo, como pueda ser el deudor, los o las demandantes, tribunales competentes o las personas o entidades obligadas a consultarlo.
¿Quiénes ingresarán al listado del Registro Nacional de Deudores?
A este listado ingresarán las personas que adeuden total o parcialmente mensualidades de la pensión.
En concreto, serán parte aquellos que estén obligadas a pagar pensión de alimentos fijada o aprobada por el tribunal, provisorios o definitivos, y que adeuden:
- Total o parcialmente al menos tres mensualidades consecutivas o cinco discontinuas.
La inscripción a este registro la realizarán mensualmente el Tribunal de Familia, quien informa y ordena al Registro Civil de ingresar a quienes tengan deudas de pensión alimenticia.
Esta inscripción será notificada a ambas partes interesadas y tiene un plazo de tres días para objetar la decisión. Si no hay objeción, se inscribirá en el registro.
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