Pensión de Gracia: Conoce el nuevo monto y quiénes pueden solicitar el beneficio
La Pensión de Gracia otorgada por el Presidente de la República corresponde a un beneficio que apunta a mejorar la calidad de vida de personas que se encuentren viviendo una situación de vulnerabilidad social.
En cuanto a los montos contemplados, se trata de un monto que es variable y fijado en ingresos mínimos no remuneracionales. Además, la pensión puede ser entregada por un período definido o de manera vitalicia, esto según corresponda.
También requiere indicar que la pensión es incompatible con el beneficio de Pensión Asistencial.
La entrega de este beneficio corresponde a una facultad propia del o la Presidente de la República, cuyo monto es sugerido por una comisión especial, y que se concede en ingresos mínimos no remuneracionales.
Para mayo de este 2022, el ingreso mínimo para efectos no remuneracionales era de $244.944. En tanto, desde el 1 de agosto de este año quedó fijado en $257.836.
De igual modo, no todos los beneficiados reciben el mismo monto, ya que una comisión especial es la encargada de sugerir el valor de la pensión.
¿A quiénes va dirigido este beneficio?
Pueden optar a la Pensión de Gracia las personas que cumplan alguno de los siguientes requisitos.
-Haber prestado servicios distinguidos o haber realizado actos especialmente meritorios, en beneficio importante del país, más allá de su deber personal.
-Estar afectadas por accidente o catástrofe, respecto de las cuales existan circunstancias extraordinarias que justifiquen el otorgamiento de una pensión.
-Se encuentren incapacitadas o con graves e insalvables dificultades para ejercer labores remuneradas, que les permitan su subsistencia y la del grupo familiar que viva a sus expensas, en razón de enfermedad, invalidez, vejez o cualquier otra causa debidamente justificada.
-Estar afectadas por otras situaciones especiales y debidamente fundamentadas que ameritan la entrega de este beneficio.
¿Cómo puedo solicitar la Pensión de Gracia?
Para poder pedir el aporte se requiere:
-Una carta de solicitud dirigida al Presidente de la República. Debe incluir el nombre completo y dirección del postulante (calle, número, comuna, región y teléfono).
-Se puede anexar documentación como fotocopia de cédula de identidad, certificados de salud otorgado por un médico de hospital o consultorio municipal, comprobante de arriendo, colilla de pago de dividendos, pago de luz, agua, receta cotizada, etc.
Con los antecedentes requeridos, se debe dirigir a la Unidad de Departamento de Pensiones de Gracia de la Subsecretaría de Interior, ubicado en Agustinas 1235, piso 5, Santiago.
Una vez allí, se debe explicar el motivo de su visita, indicando que es para solicitar una pensión de gracia. Luego, se deben entregar los antecedentes requeridos y, como resultado del trámite, se habrá presentado una solicitud de pensión de gracia.
Si se accede a la pensión, recibirá su pago en las en las oficinas de la Tesorería General de la República. En tanto, si su postulación es rechazada, será informado por carta en un plazo aproximado de 30 días.
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