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Ley de grabado de patente en vidrios y espejos: ¿Qué vehículos no están obligados?

Ley de grabado de patente en vidrios y espejos: ¿Qué vehículos no están obligados?
Ley de grabado de patente en vidrios y espejos: ¿Qué vehículos no están obligados?
Por: Matías Rivera
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Es importante tener en cuenta los detalles en torno a esta petición de la ley de tránsito.

La nueva Ley de Tránsito, que obliga a los conductores grabar la patente de todo tipo de vehículo en los vidrios y espejos laterales.

Esto tiene como objetivo prevenir la venta de vehículos robados, ya que también contempla nuevas sanciones a las prácticas que facilitan estos ilícitos.

Según el ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Juan Carlos Muñoz, "los dueños de vehículos van a tener 12 meses para poder grabar los vehículos que ya están en su propiedad y los nuevos van a tener que salir con esta placa patente ya grabada en cada uno de los vidrios involucrados".

¿Qué vehículos no necesitan grabar su patente en vidrios y espejos?
¿Qué vehículos no necesitan grabar su patente en vidrios y espejos?

¿Qué vehículos no tienen la necesidad de grabar su patente en vidrios y espejos?

Según el reglamento que envió el Ministerio de Transportes a la Contraloría General de la República, los vehículos que no están obligados a grabar sus vidros y patentes son: 

1. Son eximidos de hacer el trámite los vehículos que ya tenían grabada la patente con anterioridad, siempre y cuando “el grabado con el que cuenten permita la íntegra y correcta identificación de cada uno de los dígitos y letras de la placa patente grabada”.

2. Tampoco deberán grabar la placa de identificación automotriz los vehículos que se indican en el artículo 54 de la Ley de Tránsito, o sea:

  • Vehículos extranjeros en tránsito temporal o con patente extranjera.
  • Los vehículos nuevos con peso bruto igual o superior a 3.860 kilogramos, que solo puedan desplazarse por sus propios medios y únicamente para fines de traslado a dependencias del comercializado.
  • Los pertenecientes a las Fuerzas Armadas y a Carabineros de Chile, debidamente identificados y destinados exclusivamente a uso militar o policial.

3. De igual forma, quedan eximidos automóviles considerados como antiguos o históricos, de acuerdo a lo dispuesto en el título XIX de la Ley de Tránsito, en sus artículos 218, 219 y 220.

¿De cuánto es la multa si no grabo la patente? 

Ya que recién entró en vigencia esta modificación en la Ley de Tránsito, habrá un periodo de 12 meses para que los conductores se pongan al día con la normativa, por lo que no habrán multas de por medio.

Sin embargo, transcurrido el tiempo, podrán ser sancionados por no cumplir con lo estipulado.

Estas sanciones serían de 1 a 1,5 UTM, es decir, entre 60 y 90 mil pesos que irán en beneficio directo a las municipalidades. 

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