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Te explicamos el paso a paso

IFE Laboral: Así puedes apelar si no recibiste el beneficio

Por: Matías Rivera
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La expansión del Covid-19 en el país hace casi dos años generó una crisis económica enorme. Debido a esto, se crearon beneficios como el IFE Laboral y Universal. 

Aunque el Universal ya no está disponible, los trabajadores recién contratados todavía pueden optar al Laboral que recientemente extendió su vigencia hasta junio del 2022

Durante esta semana se comenzaron a entregar los pagos de las postulaciones de enero. Como se mencionó anteriormente, este beneficio es para las personas que consiguieron un nuevo puesto laboral. 

IFE Laboral
IFE Laboral

¿Cuáles son los requisitos y montos del IFE Laboral? 

Los requisitos para el IFE son los siguientes: 

- Tener un nuevo contrato de trabajo en el mes en curso o máximo el mes anterior a la postulación. Para lo anterior, el SENCE revisa que no se registren cotizaciones de pensión y salud en los últimos tres meses.

- Tener una remuneración mensual bruta menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales.

- Haber estado cesante durante todo el mes anterior al contrato de trabajo.

Asimismo, los montos que entrega el beneficio depende de ciertos requisitos excluyentes: 

- Los hombres mayores de 24 y menores de 55 años puede recibir el 50% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $200.000 mensuales.

- Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez podrán recibir el 60% de la Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $250.000 mensuales.

IFE Laboral
IFE Laboral

¿Cómo puedo apelar?

Si usted no recibió el IFE, pero cree que cumple con todos los requisitos y condiciones necesarias puede realizar una apelación en el sitio web de IFE Laboral. Una vez en el sitio, debe ingresar su Clave Única. 

Luego, debes elegir entre problema de pago debido a cotizaciones o problemas con el RUT del empleador y adjuntar la copia del contrato de trabajo debidamente firmado, el certificado de remuneraciones imponibles de los últimos 12 meses y el certificado de los últimos 12 meses de cotizaciones de salud (Fonasa o Isapre) y pensión (AFP).

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