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¡No esperes a quedarte sin ingresos!

Consulta tu Seguro de Cesantía: revisa cuánto tienes acumulado en tu cuenta de la AFC

AFC - Aton
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Por: Rodrigo Vásquez
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Con tu Clave Única puedes saber en pocos pasos cuánto dinero tienes disponible en el Seguro de Cesantía, y cómo acceder a esos fondos si los necesitas.

La incertidumbre laboral va en aumento, por eso es clave saber con cuánto dinero se cuenta en caso de quedar sin trabajo. En ese contexto, el Seguro de Cesantía asoma como el principal respaldo para quienes tuvieron contrato formal.

El beneficio, que permite recibir un pago mensual, es administrado por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), y está compuesto por las cotizaciones que mes a mes realiza el empleador a una cuenta individual.

¿Cómo saber cuánto dinero tengo en mi Seguro de Cesantía?

Para saber cuánto dinero tienes acumulado en el Seguro de Cesantía, debes ingresar a la sucursal virtual de la AFC , donde te pedirán tu Clave Única o clave de la plataforma para avanzar.

Una vez dentro, el sistema te mostrará el saldo total que tienes ahorrado. Además, puedes simular el cobro, o bien, solicitarlo en caso de cumplir con las condiciones.

Otro método es a través de las cartolas, las cuales llegan por correo de parte de AFC en febrero, julio y octubre.

Seguro de Cesantía - Aton
Seguro de Cesantía - Aton

¿Quiénes pueden cobrarlo?

Pueden cobrar el Seguro de Cesantía los cesantes que cumplan los siguientes requisitos:

  • Contrato indefinido, a plazo fijo, por obra o servicios que esté regulado por el Código del Trabajo, Estatuto de Asistentes de Educación Pública o se desempeñe como trabajador (a) de casa particular. 
  • El contrato haya comenzado desde el 2 de octubre de 2002 en adelante.
  • Si es anterior al 2 de octubre de 2002, el trabajador debe haberse afiliado voluntariamente a la AFC. Aplica también para el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública, y trabajadores y trabajadoras de casa particular.
  • Para el contrato indefinido o trabajadora de casa particular: se debe contar con al menos 10 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral, con uno o más empleadores.
  • Para contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: se debe contar con 5 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.

 

Recordar que el Seguro de Cesantía no incluye a:

  • Empleados públicos.
  • Funcionarios y funcionarias de las Fuerzas Armadas y de Orden.
  • Trabajadores independientes o por cuenta propia.
  • Menores de 18 años.
  • Pensionados (excepto aquellos pensionados o pensionadas por invalidez parcial).
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