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Aguinaldo de Navidad 2023: ¿En qué fecha se paga al sector público?

Por: Matías Rivera
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Uno de los beneficios más esperados, y que es entregado a medidados de diciembre, es el tradicional Aguinaldo de Navidad que reciben los trabajadores pensionados y sector público. 

El requisito número uno para postular al Aguinaldo Navidad 2023 es que las personas se encuentren jubilados al 30 de noviembre de 2023, quienes se pensionen desde el viernes 1 de diciembre no podrán optar al pago del beneficio. 

Sin embargo, una de las novedades de los últimos días fue el monto que se reajustó para los trabajadores del sector público.

¿Cuándo se paga el Aguinaldo de Navidad 2023?

En el caso del sector público, el Ministro de Hacienda publicó en septiembre pasado un decreto en el que se establece el pago de los sueldos para el último cuatrimestre de 2023. 

Precisamente, en este decreto se consigna que los pagos del último mes fueron adelantados para que los trabajadores puedan adecuar sus finanzas en torno a Navidad. Por lo tanto, los pagos del aguinaldo quedó de la siguiente forma: 

- Si mi pago es el 18 de diciembre, recibiré ambos pagos el viernes 15 de diciembre.

- Si mi pago es el 19 de diciembre, recibiré ambos pagos el viernes 15 de diciembre.

- Si mi pago es el 21 de diciembre, recibiré ambos pagos el martes 19 de diciembre.

- Si mi pago es el 22 de diciembre, recibiré ambos pagos el miércoles 20 de diciembre.

- Si mi pago es el 23 de diciembre, recibiré ambos pagos el miércoles 20 de diciembre.

- Si mi pago es el 24 de diciembre, recibiré ambos pagos el jueves 21 de diciembre. 

¿Qué trabajadores del sector público reciben el Aguinaldo de Navidad 2023?

En ese sentido, los trabajadores pensionados del sector público que reciben el Aguinaldo de Navidad son aquellos que se desempeñen en cargos de planta o a contrata, siempre y cuando pertenezcan a alguno de los siguientes organismos:

- Universidades Estatales.

- Establecimientos de Educación Pargularia financiados por la Junji.

- Corporaciones de Asistencia Judicial.

- Tribunales tributarios y aduaneros.

- Trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente.

- Sean asistentes de la educación pública y/o profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales dependientes de los servicios locales de Educación Pública.

- Astilleros y Maestranzas de la Armada.

- Sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades.

- Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.

- Establecimientos de Educación Técnico Profesional.

Aguinaldo de Navidad
Aguinaldo de Navidad

¿Cuánto fue el reajuste del Aguinaldo de Navidad?

El aporte anunciado tras el acuerdo entre el Gobierno, la Central Unitaria de Trabajadores y las Asociaciones Gremiales del sector público sobre el reajuste será el siguiente, y de acuerdo al sueldo de cada funcionario:

- Aguinaldo de $66.089 para trabajadores cuya remuneración líquida percibida en noviembre de 2023 sea igual o inferior a $984.282. 

- Aguinaldo de $34.959 para aquellos cuya remuneración bruta de carácter permanente sea igual o inferior a $3.259.429.

Además, con el reajuste se estable que se excluyen las bonificaciones, asignaciones o bonos asociados al desempeño individual, colectivo o institucional.

¿Quiénes aparte pueden recibir el aguinaldo de Navidad 2023?

Las otras personas que pueden optar a este beneficio, son quienes cumplan alguno de estos requisitos.

- Pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).

- Pensionados de las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).

- Pensionados de Accidentes del Trabajo de la Ley N° 16.744, del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).

- Pensionados de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).

- Pensionados de AFP y de compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).

- Beneficiarios del Subsidio por Discapacidad.

- Beneficiarios de la indemnización compensatoria especial para la industria del carbón (Ley Nº 19.129, artículo 11).

- Pensionados y pensionadas de las cajas de previsión de Dipreca y Capredena.

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