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¿Qué personas se pueden inocular con la vacuna bivalente contra el Covid-19 este fin de semana?

Por: Matías Rivera
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El Ministerio de Salud (Minsal) está realizando el proceso de inoculación con la vacuna bivalente contra el Covid-19, la que se encuentra en la segunda etapa desde el 16 de enero. 

Cabe destacar que en un principio este proceso estaba solo destinado a funcionarios de la salud, inmunosuprimidos, y personas con enfermedades crónicas.

No obstante, las cifras del Departamento de Estadísticas e Información de Salud (DEIS) demostraban que solo el 27% de la población objetivo recibió su vacuna, por lo que se aumentó el alcance. 

Vacuna bivalente
Vacuna bivalente

¿Quiénes pueden recibir la vacuna bivalente esta semana? 

Según informó el Minsal, durante este fin de semana se podrán inocular todas aquellas personas que hayan recibido una dosis de refuerzo hace 6 meses o más, o que tenga el esquema primario (primera y segunda dosis o dosis única) hace 4 meses o más.

En concreto, estas personas pueden ser las siguientes: 

- Todo el personal del área de la salud clínico/administrativo.

- Estudiantes de carreras del área de la salud en práctica clínica (atención directa a pacientes).

- Personas Inmunosuprimidas:

  1. Pacientes en diálisis (hemo o peritoneo).
  2. Pacientes con trasplante de órganos sólidos; corazón, pulmones, riñón, hígado, páncreas.
  3. Pacientes con trasplante de precursores hematopoyéticos.
  4. Paciente con cáncer en tratamiento (radioterapia, quimioterapia o terapia hormonal).
  5. Pacientes con enfermedades autoinmunes que reciben tratamientos biológicos.

- Personas con enfermedades crónicas a partir de los 12 años:

  1. Enfermedad pulmonar crónica.
  2. Enfermedad neurológica.
  3. Enfermedad renal.
  4. Enfermedad hepática crónica.
  5. Enfermedades metabólicas.
  6. Cardiopatías.
  7. Hipertensión arterial en tratamiento farmacológico.
  8. Obesidad.
  9. Enfermedad autoinmune.
  10. Cáncer en tratamiento con radioterapia, quimioterapia, terapias hormonales o medidas paliativas de cualquier tipo.
  11. Inmunodeficiencias (congénitas o adquiridas, incluye trasplantes y personas viviendo con VIH).
  12. Enfermedad mental grave.

Además, como se mencionó anteriormente, desde el 16 de enero se pueden vacunar las siguientes personas: 

- Personas con 50 o más años.

- Personas con discapacidad severa y profunda.

- Cuidadores de pacientes con dependencia (ley preferente).

- Población en centros cerrados del Sename.

- Funcionarios en labores críticas del Estado.

- Personal que desarrolla funciones esenciales para la atención directa a la ciudadanía.

- Personal de laboratorio (universitarios y privados).

- Personal de fuerzas de orden y seguridad, FFAA.

- Personal que desarrolla funciones en Senapred (ex Onemi), Conaf y Bomberos

- Educadoras de Párvulos y personas que ejercen funciones en sala cuna y jardines infantiles.

- Profesores y directivos que ejercen funciones en establecimientos de educación preescolar, básica y media.

- Personal de gendarmería y personas privadas de libertad.

- Personas que desarrollan funciones consideradas esenciales en empresas de servicios básicos.

- Personal que laboran en empresas de transporte: terrestre, aéreo y marítimo.

- Personas que laboran en el transporte de productos críticos: alimentos, insumos clínicos y medicamentos.

- Grupos poblacionales definidos por las autoridades del Minsal.

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