¿Puedo retirarme si hay alerta de tsunami? Esto dice la Dirección del Trabajo
Ante una alerta de tsunami, la Dirección del Trabajo de Chile es categórica: tu seguridad es prioridad, y el empleador debe facilitar tu evacuación.
Cuando la alarma de tsunami suena, o las autoridades emiten una orden de evacuación, la preocupación por la seguridad personal se mezcla con la incertidumbre sobre las obligaciones laborales.
No pocos se preguntan si están autorizados a abandonar su puesto de trabajo o si esta acción podría tener consecuencias negativas en su empleo o sueldo.
Afortunadamente, la legislación laboral chilena, con el respaldo de la Dirección del Trabajo, ofrece directrices claras que priorizan la vida y la integridad de los trabajadores ante una emergencia de esta magnitud.
Esto dice la Dirección del Trabajo sobre interrumpir tus labores en caso de alerta de tsunami
Frente a esta emergencia, la Dirección del Trabajo utilizó sus redes sociales para difundir información crucial dirigida a todos los trabajadores del país.
“El Artículo 184 bis del Código del Trabajo establece que tienes derecho a interrumpir tus labores y abandonar el lugar de trabajo si consideras que continuar implica un riesgo grave para tu vida o salud”, acotaron.
“El empleador tiene la obligación de adoptar las medidas necesarias y eficaces para controlar los riesgos a tu salud física y psíquica, manteniendo las condiciones de higiene y seguridad adecuadas en el desarrollo de tu trabajo”, agregan y detallan que:
- Debes informar a tu empleador de esta situación en el menor plazo posible, quien a su vez debe notificar a la Inspección del Trabajo.
- No puedes sufrir perjuicio alguno por tomar estas medidas y siempre puedes ejercer acciones legales al respecto.
- Si la autoridad ordena la evacuación debido a una emergencia, el empleador debe suspender las labores de inmediato y evacuar a los trabajadores.
- Las labores solo pueden reanudarse cuando se garantice la seguridad y adecuación del lugar para trabajar.








