¿Fuiste designado vocal de mesa y no puedes? Revisa cómo excusarte, plazos y la lista de justificaciones
Conoce el plazo fatal para librarte de la obligación de vocal de mesa. Si fuiste designado, consulta la lista completa de causales de excusa y el proceso paso a paso para presentar tu solicitud ante la Junta Electoral correspondiente y evitar multas de hasta $550 mil.
No diga que no le avisamos. Desde el pasado sábado 25 de octubre, usted sabe si su nombre figura en la lista de designados para ser vocal de mesa. Si le es imposible cumplir con esta obligación cívica, la ventana para excusarse es extremadamente estrecha, y el costo de no hacerlo es alto: las multas por inasistencia llegan hasta los $550 mil pesos.
El plazo para salvarse de la sanción fatal es de solo tres días hábiles. Yes que, debe presentar su solicitud justificada ante la Junta Electoral entre este lunes 27 y el miércoles 29 de octubre. Por eso, en el 13 presentamos el listado completo de causales que son aceptadas por la ley y el proceso para formalizar su excusa antes de que expire el tiempo límite.
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Así puedes excusarte de ser vocal de mesa en las Elecciones
Como se mencionó, el tiempo es el factor más crítico. La ley establece un plazo perentorio de tres días hábiles para apelar a la designación de vocal de mesa una vez publicada la nómina: desde el lunes 27 al miércoles 29 de octubre.
¿Quiénes se justifican? La lista de causales válidas
Según el Servel, solo aquellos que caen en alguna de las siguientes categorías pueden presentar una excusa, la cual siempre debe ir acompañada del documento de respaldo que lo certifique:
- Edad avanzada: Tener más de 70 años de edad.
- Distancia: Estar ausente del país o residir a más de 300 kilómetros del lugar donde fue designado para cumplir la función.
- Salud y Discapacidad: Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función (requiere certificado médico).
- Emergencia laboral: Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días de las elecciones (requiere certificado del establecimiento).
- Maternidad y Paternidad:
- Mujeres embarazadas.
- Padre o madre de un hijo menor de dos años.
- Cuidado de dependientes: Estar al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidad.
- Doble nombramiento: Ser designado miembro del colegio escrutador.
Formalizar la excusa
El trámite no se realiza ante el Servel, sino directamente ante la Junta Electoral que corresponde a su domicilio electoral.
- Identifique su Junta Electoral: Busque la dirección y datos de contacto de la Junta Electoral que tiene jurisdicción sobre su lugar de votación en el sitio web del Servel.
- Reúna los documentos: Tenga a mano el documento que certifica su causal. Sin el documento de respaldo, la excusa será rechazada.
- Presente la excusa: Diríjase personalmente (o en algunos casos, por medio de un tercero con poder simple) a la oficina de la Junta Electoral y presente el formulario junto con su documento de respaldo dentro del plazo establecido.
Las consecuencias de la inasistencia
Recuerde que, si no presenta la excusa en el plazo y forma debidos, o si esta es rechazada y usted no se presenta el día de la elección, se expone a multas que van desde 2 a 8 UTM (Unidades Tributarias Mensuales), lo que actualmente se traduce en una sanción económica de $137 mil a $550 mil pesos.








