El 30 de noviembre es el plazo máximo para este reintegro

Bono Clase Media: ¿Cómo saber si debo devolver el monto?

Por: Grace Russell
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El Bono Clase Media es un aporte fiscal que entregaba un máximo de $500 mil, no reembolsable, para trabajadores y empresarios individuales que hayan tenido una disminución de sus ingresos de 30% o más, como consecuencia de la emergencia sanitaria.

El Servicio de Impuestos Internos (SII) reveló el pasado viernes que más de 437 mil trabajadores deberá devolver los montos del Bono Clase Media, luego de un análisis de los antecedentes de estos beneficiarios, y se advirtiera que un importante grupo de trabajadores no cumplía con los requisitos establecidos por Ley para recibir un apoyo económico, que fue dirigido a quienes han sido afectados económicamente por la pandemia.

Bono Clase Media
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Ante esta situación, la Tesorería General de la República TGR) habilitó en su página web la opción para concretar la reintegración del bono, a través de una plataforma que estará habilitada hasta el 30 de noviembre, fecha máxima para devolver el beneficio, de lo contrario, se podrán aplicar sanciones.

Este beneficio para la clase media fue entregado a más de 1,6 millones de trabajadores, producto a la baja de ingresos que ocasionó la pandemia para muchos hogares del país.

Su entrega se efectuó, a partir de los datos declarados por los contribuyentes, en un proceso que se llevó a cabo bajo un voto de confianza, de acuerdo a lo que manifestó el director del SII, Fernando Barraza.

Bono Clase Media
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¿Dónde consultar si debo reintegrar el Bono Clase Media?

A partir de lo informado la semana pasada, muchas personas tuvieron dudas de si deben o no devolver estos montos del Bono Clase Media. Para esto, el SII comunicó que enviará una notificación a las personas que se encuentren en el listado de los 437 mil trabajadores que deberán reintegrar estos montos.

También existirá la opción de acreditar que efectivamente se cumplía con estos requisitos al momento de solicitar el beneficio, para lo cual se deberán aportar mayores antecedentes.

A fin de efectuar la devolución sin reajustes, multas ni intereses, el plazo máximo se ha definido para el próximo 30 de noviembre. Una vez concluido este proceso, se determinarán las acciones contra quienes no efectúen la devolución.

Antes de esta fecha, también es posible solicitar la revisión de cada caso, trámite que se debe realizar a través del Sistema de Peticiones Administrativas que ofrece el mismo sitio web oficial del SII.

 

 

 

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