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Fiestas Patrias 2026: ¿Hasta qué hora funcionará el comercio el 17 de septiembre?

Agencia UNO - Cerrado por Fiestas Patrias
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Por: Vicente Rodríguez
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Supermercados, malls y otros comercios deberán ajustar sus horarios para que sus trabajadores terminen la jornada antes del inicio de los feriados irrenunciables.

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Si tienes pensado hacer compras antes de Fiestas Patrias, es importante considerar el horario especial que regirá durante la jornada previa a los feriados del 18 y 19 de septiembre.

De acuerdo con la normativa laboral, la jornada de los trabajadores del comercio deberá terminar a más tardar a las 21:00 horas del jueves 17 de septiembre.

Esto no significa necesariamente que todos los supermercados, centros comerciales y tiendas atenderán público hasta esa hora. Los establecimientos pueden determinar un cierre anticipado para permitir que sus trabajadores completen sus labores dentro del horario establecido.

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¿A qué hora cierra el comercio el 17 de septiembre?

La jornada laboral de los trabajadores del comercio deberá finalizar como máximo a las 21:00 horas del jueves 17 de septiembre.

Por esta razón, quienes necesiten realizar compras durante ese día deberían revisar previamente el horario particular del supermercado, mall o tienda que visitarán, ya que algunos establecimientos podrían cerrar antes de las 21:00 horas.

La medida busca garantizar que los trabajadores puedan iniciar oportunamente su período de descanso previo a los feriados de Fiestas Patrias.

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¿Qué pasará con el comercio el 18 y 19 de septiembre?

El 18 y 19 de septiembre son feriados obligatorios e irrenunciables para los trabajadores del comercio.

Esto significa que durante ambas jornadas deberá permanecer cerrado gran parte del comercio habitual, incluyendo supermercados, grandes tiendas, malls y otros establecimientos comerciales.

Sin embargo, la legislación contempla determinadas excepciones para actividades y servicios que pueden continuar funcionando durante estos días.

¿Qué locales sí pueden abrir durante Fiestas Patrias?

No todos los establecimientos deben cerrar durante los feriados irrenunciables. Entre las actividades que pueden funcionar se encuentran:

  • Restaurantes y establecimientos de entretenimiento, como cines, teatros, pubs, discotecas y casinos.
  • Estaciones de servicio y determinadas tiendas asociadas a ellas.
  • Farmacias de urgencia.
  • Farmacias que deban cumplir turnos establecidos por la autoridad sanitaria.

También existe una excepción para los pequeños comercios, como los almacenes de barrio. Estos podrán abrir cuando sean atendidos directamente por sus dueños o familiares, sin utilizar trabajadores dependientes durante el feriado obligatorio.

¿Qué multas arriesgan los empleadores?

Los empleadores que no respeten las disposiciones establecidas para estas fechas pueden enfrentar multas económicas.

Según la información entregada por la Dirección del Trabajo, las infracciones relacionadas con el horario previo al feriado pueden significar sanciones que van desde 10 UTM para microempresas hasta 60 UTM para grandes empresas.

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En tanto, no otorgar el descanso obligatorio correspondiente al 18 y 19 de septiembre puede derivar en multas de entre 5 y 20 UTM por cada trabajador afectado.

Por ello, quienes tengan que realizar compras antes de Fiestas Patrias deben considerar que el 17 de septiembre el comercio deberá finalizar la jornada de sus trabajadores a más tardar a las 21:00 horas, aunque cada establecimiento puede disponer un cierre anterior.

Preguntas Frecuentes sobre el cierre del comercio el 17 de septiembre

¿A qué hora cerrará el comercio el 17 de septiembre?

La jornada de los trabajadores del comercio deberá finalizar a más tardar a las 21:00 horas del jueves 17 de septiembre.

¿Los supermercados atenderán hasta las 21:00 horas el 17 de septiembre?

No necesariamente. Cada establecimiento podrá establecer un cierre anticipado para garantizar que sus trabajadores terminen sus labores dentro del horario establecido.

¿Qué días serán feriados irrenunciables para el comercio?

El 18 y 19 de septiembre serán feriados obligatorios e irrenunciables para los trabajadores del comercio, aunque existirán actividades exceptuadas que podrán funcionar.

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