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Crédito con Aval del Estado

Desde descuentos hasta embargos: cómo el Estado puede exigir el pago del CAE

Cobro del CAE: así puede el Estado exigir el pago de la deuda
Cobro del CAE: así puede el Estado exigir el pago de la deuda
Por: Rodrigo Vásquez
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El Gobierno anunció la reactivación del cobro a deudores del CAE con ingresos sobre $1,5 millones. Expertos explican cómo el Estado puede exigir el pago, incluyendo mecanismos administrativos y judiciales.

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El Gobierno anunció la reactivación del cobro del CAE a deudores con ingresos sobre $1,5 millones. Según expertos, el Estado puede exigir el pago a través de la Tesorería General de la República, mediante mecanismos administrativos y judiciales como retenciones, compensaciones y embargos en Chile.

El cobro del Crédito con Aval del Estado (CAE) vuelve al centro del debate. Años después de una aplicación limitada, el Ejecutivo anunció medidas para reactivar la persecución de esta deuda, poniendo el foco en quienes tienen capacidad de pago.

Gobierno reactiva cobro del CAE: así operan los mecanismos para exigir la deuda

El anuncio fue realizado por el ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, quien confirmó que el Gobierno avanzará en el cobro a deudores del CAE que registren ingresos brutos superiores a $1,5 millones.

La medida implica reactivar un mecanismo que, según se indicó, ha tenido una aplicación limitada desde 2017, pese a que el Estado cuenta con herramientas para exigir el pago.

De acuerdo con la académica de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes, Flavia Cilveti, una vez que el crédito entra en mora y se activa la garantía estatal, la deuda pasa a ser exigible por el fisco.

En ese escenario, es la Tesorería General de la República (TGR) la entidad encargada de llevar adelante el proceso de cobro. “El Estado sí cuenta con facultades suficientes para perseguir el cobro del CAE, particularmente respecto de deudores con capacidad de pago”, afirmó la experta.

Según explicó, el sistema contempla tanto instancias administrativas como judiciales para lograr el pago de la deuda, dependiendo del caso.

En la etapa administrativa, el Estado puede aplicar medidas como retención de devoluciones de impuestos y compensaciones, herramientas que permiten recuperar parte de la deuda sin necesidad de recurrir a tribunales.

Sin embargo, si el proceso avanza, también existen mecanismos judiciales. En ese caso, la TGR puede iniciar acciones legales para exigir el pago forzado de la obligación.

CAE
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De la retención al embargo: qué puede ocurrir si la deuda sigue impaga

Cuando la deuda del CAE no es saldada, el Estado puede recurrir a procedimientos judiciales específicos. Según explicó Cilveti, se trata de juicios ejecutivos, diseñados para exigir el cumplimiento de obligaciones de manera más directa.

En este tipo de procesos, la Tesorería General de la República puede presentar una demanda ante tribunales civiles, solicitando el mandamiento de ejecución y embargo sobre bienes del deudor.

“El deudor es requerido de pago, y si no paga ni opone excepciones legales dentro del plazo establecido, se procede directamente a la ejecución”, detalló la académica.

Esto implica que, de no existir respuesta o defensa dentro del proceso, se puede avanzar en el embargo y eventual remate de bienes, como una forma de saldar la deuda pendiente.

Respecto a la notificación, la regla general es que se realice de manera personal, a través de un receptor judicial en el domicilio del deudor. No obstante, si esto no es posible, la legislación contempla alternativas.

Entre ellas, se encuentran la notificación por cédula o incluso la notificación por avisos, en casos determinados, lo que permite continuar el proceso judicial aun cuando no se logre ubicar directamente al deudor.

CAE
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Un mecanismo existente, pero con baja aplicación en años anteriores

Pese a que el Estado cuenta con estas herramientas, desde el mundo académico apuntan a que el problema no ha sido la falta de facultades, sino su uso.

Según Cilveti, durante años ha existido una baja persecución de la mora, lo que ha limitado la efectividad del cobro del CAE, a pesar de que los mecanismos legales han estado disponibles.

En ese contexto, la reactivación anunciada por el Gobierno busca precisamente dar mayor uso a estas herramientas, especialmente en el caso de deudores con capacidad de pago.

El foco, según se desprende de las declaraciones, está en avanzar en la recuperación de estos recursos utilizando los instrumentos que ya contempla la normativa vigente, en un escenario donde el cobro del CAE vuelve a instalarse como tema central en la agenda pública.

 

Preguntas frecuentes sobre el cobro del CAE

  • ¿Quién se encarga de cobrar la deuda del CAE?

La cobranza está a cargo de la Tesorería General de la República, que actúa cuando la deuda pasa a ser exigible por el Estado.

  • ¿Qué medidas puede aplicar el Estado para cobrar el CAE?

Puede utilizar mecanismos administrativos, como retenciones de impuestos, y judiciales, incluyendo demandas, embargos y remates de bienes.

  • ¿Qué pasa si no pago la deuda del CAE?

Si la deuda sigue impaga, el Estado puede iniciar un juicio ejecutivo que podría derivar en embargo y eventual remate de bienes del deudor.

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