¿Cuándo volverá a subir el sueldo mínimo? Estas son las fechas previstas para 2027
El ingreso mínimo mensual tendrá un primer ajuste en enero, según la inflación registrada durante 2026. Además, el Gobierno deberá enviar al Congreso un proyecto para proponer un nuevo reajuste desde julio del próximo año.
El sueldo mínimo en Chile tendrá dos reajustes previstos para 2027, de acuerdo con lo establecido en la Ley 21.830, que permitió aumentar el ingreso mínimo mensual en junio de 2026 y fijó los pasos para futuras modificaciones.
La normativa contempla un primer ajuste a partir del 1 de enero de 2027, cuyo porcentaje dependerá de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) entre mayo y diciembre de 2026.
A esto se suma un segundo proceso: a más tardar en junio de 2027, el Presidente José Antonio Kast deberá enviar al Congreso Nacional un proyecto de ley que proponga un nuevo reajuste para que entre en vigencia desde el 1 de julio de 2027.
Por ahora, ambos procesos tienen mecanismos definidos, pero el monto final del sueldo mínimo para esas fechas dependerá de los cálculos correspondientes y de la tramitación legislativa que proceda.

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¿Cuándo subiría el sueldo mínimo en 2027?
La Ley 21.830 establece dos fechas clave para el ingreso mínimo mensual durante el próximo año.
1. Primer reajuste: desde el 1 de enero de 2027
El sueldo mínimo para trabajadores mayores de 18 años y menores de 65 años deberá reajustarse según la variación del IPC acumulada entre el 1 de mayo y el 31 de diciembre de 2026.
Esto significa que el porcentaje de aumento estará vinculado a la inflación registrada durante ese período. Por lo tanto, el monto definitivo en pesos todavía no se puede determinar únicamente con la información establecida en la ley.
El cálculo deberá quedar consignado en un decreto supremo, que tendrá que dictarse a más tardar el 15 de enero de 2027.
2. Segundo reajuste: desde el 1 de julio de 2027
La legislación también dispone que, a más tardar en junio de 2027, el Presidente deberá enviar al Congreso un proyecto de ley para proponer un nuevo reajuste del ingreso mínimo mensual.
La iniciativa deberá considerar también la asignación familiar y maternal, además del subsidio familiar, con el objetivo de que los nuevos montos comiencen a regir el 1 de julio de 2027.
A diferencia del ajuste de enero, este segundo incremento deberá ser propuesto mediante un proyecto de ley, por lo que su monto dependerá de la propuesta y de su tramitación.

¿Por qué habrá dos reajustes del sueldo mínimo?
La razón es que la Ley 21.830 estableció un mecanismo para actualizar el ingreso mínimo en enero de 2027 y, posteriormente, contempló una nueva discusión legislativa para un reajuste desde julio del mismo año.
El primer aumento busca incorporar la variación del costo de la vida medida por el IPC durante un período específico de 2026. El segundo permitirá proponer una nueva modificación del salario mínimo y de determinados beneficios familiares.
De esta forma, la ley no fija desde ahora dos montos definitivos para 2027, sino que establece un reajuste calculado según la inflación y otro que deberá ser propuesto mediante un proyecto de ley.
¿Cuál es el sueldo mínimo actual en Chile?
En junio de 2026, la Ley 21.830 permitió aumentar el ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 18 años y menores de 65 años, que pasó de $539.000 a $553.553.
La normativa también modificó los montos correspondientes a otros grupos y conceptos.
Estos son los valores establecidos tras el reajuste de junio de 2026:
- Trabajadores mayores de 18 años y menores de 65 años: $553.553.
- Trabajadores menores de 18 años y mayores de 65 años: $412.938.
- Ingreso mínimo mensual para efectos no remuneracionales: $356.815.
El ingreso mínimo para efectos no remuneracionales corresponde a una categoría utilizada para determinados cálculos legales y no debe confundirse con el sueldo mínimo que reciben los trabajadores por su jornada laboral.
¿El reajuste de enero también se aplicará a otros beneficios?
Sí. La Ley 21.830 establece que los mismos porcentajes de reajuste que se determinen para el ingreso mínimo mensual también se aplicarán a otros montos contemplados en la normativa.
Entre ellos se encuentran:
- El ingreso mínimo mensual para trabajadores menores de 18 años.
- El ingreso mínimo mensual para trabajadores mayores de 65 años.
- El ingreso mínimo para efectos no remuneracionales.
- El subsidio familiar.
- La asignación familiar y maternal.

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El decreto supremo que deberá dictarse a más tardar el 15 de enero de 2027 tendrá que establecer los cálculos correspondientes a estos montos.
En tanto, el proyecto de ley que deberá presentarse durante junio de 2027 propondrá un nuevo reajuste para que las modificaciones puedan entrar en vigencia desde julio.
Por ahora, quienes reciben el sueldo mínimo deberán estar atentos a la publicación del decreto de enero y a la propuesta que el Gobierno presente al Congreso durante el primer semestre del próximo año.









