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Bono por Asistencia Escolar: cuánto paga y qué necesitas para recibirlo

Bono por Deber Asistencia Escolar - Aton.
Bono por Deber Asistencia Escolar - Aton.
Por: Carlos Cornejo
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El beneficio está dirigido a familias vulnerables y se paga de forma automática a quienes cumplan con un mínimo de 85% de asistencia escolar.

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El Bono por Deber Asistencia Escolar es un aporte estatal de $10.000 mensuales dirigido a familias vulnerables que formen parte del Subsistema Seguridades y Oportunidades y que tengan niños, niñas o adolescentes entre 6 y 18 años estudiando en establecimientos reconocidos por el Estado. Para recibirlo, se debe cumplir con una asistencia escolar mínima del 85% y participar en programas de acompañamiento social o sociolaboral. El beneficio se entrega de forma automática, sin necesidad de postulación, y es pagado junto a otros aportes como el Bono de Protección y el Bono Base Familiar, ya sea mediante depósito en CuentaRUT o de forma presencial, con un plazo de seis meses para su cobro.

Impulsar la asistencia escolar no solo es clave para el desarrollo de niños y adolescentes, sino que también puede traducirse en un apoyo económico concreto para las familias. En ese contexto, el Bono por Deber Asistencia Escolar entrega un aporte mensual de $10.000, dirigido a los hogares más vulnerables del país, transformándose en una ayuda directa para fomentar la permanencia de los estudiantes en el sistema educativo.

Este beneficio se enmarca dentro de las políticas públicas orientadas a reducir la deserción escolar y promover la asistencia regular a clases. En un escenario donde muchas familias enfrentan dificultades económicas, este tipo de incentivos busca reforzar la importancia de la educación como herramienta de desarrollo social. Su principal característica es que se otorga de manera automática, sin necesidad de postulación, siempre que se cumpla con un requisito clave: mantener un alto porcentaje de asistencia.

Bono por Deber Asistencia Escolar - Foto Aton.
Bono por Deber Asistencia Escolar - Foto Aton.

Requisitos para acceder al Bono por Deber Asistencia Escolar

De acuerdo con la información oficial, para acceder a este aporte es necesario pertenecer al Subsistema Seguridades y Oportunidades, un programa que acompaña a familias en situación de vulnerabilidad. Junto con esto, se deben cumplir ciertas condiciones específicas que permiten activar el beneficio.

Entre ellas, se encuentra la participación activa en el Acompañamiento Psicosocial (APS) o en el Acompañamiento Sociolaboral (ASL), instancias que buscan apoyar a las familias en distintos ámbitos de su desarrollo. Además, el grupo familiar debe contar con integrantes entre 6 y 18 años de edad, cumplidos al 31 de marzo del año en que se entrega el bono.

Otro requisito fundamental es que estos niños, niñas o adolescentes se encuentren matriculados y asistiendo a enseñanza básica o media en un establecimiento educacional reconocido por el Estado. A esto se suma la exigencia de cumplir con una asistencia escolar igual o superior al 85%, condición indispensable para mantener el beneficio mes a mes.

En el caso de los meses de verano, específicamente enero y febrero, el cálculo se realiza considerando el promedio de asistencia registrado entre julio y diciembre del año anterior, lo que permite dar continuidad al pago durante ese período.

Bono por Deber Asistencia Escolar - Foto Aton.
Bono por Deber Asistencia Escolar - Foto Aton.

¿Cómo se realiza el pago?

Una de las principales ventajas de este bono es que no requiere trámites adicionales para su obtención. Se activa automáticamente una vez que la familia firma el Plan de Intervención y la carta de compromiso del Subsistema Seguridades y Oportunidades, documentos que formalizan su participación en el programa.

La verificación de la asistencia escolar está a cargo del Ministerio de Educación (Mineduc), entidad que realiza este proceso de forma interna, cruzando datos con los establecimientos educacionales. Esto evita gestiones adicionales por parte de los beneficiarios y asegura que el pago se realice de manera oportuna.

El dinero se entrega en conjunto con otros aportes estatales, como el Bono de Protección y el Bono Base Familiar, lo que permite complementar los ingresos del hogar. En cuanto a la modalidad de pago, este puede efectuarse mediante depósito en la CuentaRUT del beneficiario o bien de forma presencial.

En este último caso, es importante tener en cuenta que existe un plazo máximo de seis meses para cobrar el dinero. Si el monto no es retirado dentro de ese período, se entenderá que la familia renuncia al beneficio, por lo que este se extinguirá automáticamente.

De esta manera, el Bono por Deber Asistencia Escolar no solo representa un apoyo económico, sino también un incentivo concreto para reforzar la asistencia a clases, contribuyendo al desarrollo educativo de niños y jóvenes en contextos de mayor vulnerabilidad.

Preguntas clave sobre el Bono

1. ¿Qué pasa si un estudiante no cumple con el 85% de asistencia exigido?

  • Si el estudiante no alcanza el 85% de asistencia mensual, la familia no recibirá el pago correspondiente a ese período. Este requisito es clave, ya que el bono está diseñado precisamente para incentivar la asistencia regular a clases. Sin embargo, en meses como enero y febrero, se considera el promedio de asistencia del semestre anterior (julio a diciembre), lo que permite mantener el beneficio durante el receso escolar si se cumplió previamente con la exigencia.

2. ¿El bono se debe postular o se entrega automáticamente?

  • El Bono por Deber Asistencia Escolar no requiere postulación. Se activa de manera automática una vez que la familia forma parte del Subsistema Seguridades y Oportunidades y ha firmado el Plan de Intervención junto a la carta de compromiso. Además, es el Ministerio de Educación el encargado de verificar la asistencia escolar de forma interna, por lo que no se necesitan trámites adicionales para acceder al pago.

3. ¿Cómo y cuándo se puede cobrar el beneficio?

  • El pago del bono se realiza mensualmente junto a otros aportes estatales, como el Bono de Protección y el Bono Base Familiar. Puede ser depositado directamente en la CuentaRUT del beneficiario o retirado de forma presencial. En este último caso, existe un plazo máximo de seis meses para cobrar el dinero; si no se retira dentro de ese tiempo, se entiende como una renuncia al beneficio y el monto se pierde.
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