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Subsidio al Sueldo Mínimo: cómo postular y cuáles son los requisitos antes de que venza el plazo

Subsidio al Sueldo Mínimo
Subsidio al Sueldo Mínimo
Por: Equipo Canal 13
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El Servicio de Impuestos Internos (SII) habilitó la plataforma para que Mipymes, cooperativas y fundaciones soliciten el beneficio estatal que vence este 30 de abril.

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Micro, pequeñas y medianas empresas pueden solicitar hasta el 30 de abril de 2026 el nuevo Subsidio al Sueldo Mínimo a través de sii.cl. El beneficio estatal, destinado a mitigar el aumento salarial, se pagará en dos cuotas (mayo y agosto) por cada trabajador dependiente que reciba el ingreso mínimo.

Tras la publicación del Decreto N°1783 del Ministerio de Hacienda, el Servicio de Impuestos Internos (SII) dio inicio al proceso de postulación para el nuevo Subsidio al Sueldo Mínimo. Este apoyo económico está diseñado específicamente para proteger la estabilidad financiera de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), permitiéndoles cumplir con el reajuste legal de los salarios sin comprometer su operatividad.

​​​Subsidio al Sueldo Mínimo | Aton
​​​Subsidio al Sueldo Mínimo | Aton

Es fundamental destacar que este es un beneficio temporal y que la postulación debe realizarse una sola vez. El plazo fatal para realizar el trámite vence el próximo 30 de abril de 2026, por lo que el llamado de las autoridades es a no dejar el proceso para el último minuto.

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¿Quiénes pueden acceder al Subsidio al Sueldo Mínimo?

El subsidio no solo está dirigido a empresas tradicionales, sino que tiene un alcance amplio para diversos sectores de la economía social. Pueden postular:

  • Personas naturales y jurídicas que hayan iniciado actividades en Primera Categoría ante el SII al 31 de diciembre de 2025.

  • Cooperativas de menor tamaño.

  • Personas jurídicas sin fines de lucro (como fundaciones y corporaciones).

  • Comunidades.

Para calificar, los solicitantes deben contar con ingresos anuales por ventas y servicios del giro que sean superiores a 0,01 UF e iguales o inferiores a 100.000 UF.

Importante: El beneficio no aplica para Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL) donde el dueño sea el único trabajador, ni para Sociedades por Acciones (SpA) con un solo accionista trabajador. Tampoco está dirigido a empresas que desempeñen actividades financieras o de seguros.

¿Cuánto dinero recibe la empresa?

El monto del subsidio varía dependiendo de la fecha en que la empresa inició sus actividades, reconociendo el esfuerzo de aquellas con mayor trayectoria. El aporte se calcula por cada trabajador dependiente que reciba el sueldo mínimo, según la información validada por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

Subsidio al Sueldo Mínimo
Subsidio al Sueldo Mínimo

Empresas con inicio de actividades hasta el 30 de abril de 2025: Recibirán un monto de $9.500 mensuales por trabajador (considerando el periodo de enero a abril).

Empresas con inicio de actividades entre el 1 de mayo y el 31 de diciembre de 2025: El monto será de $3.150 mensuales por trabajador para el mismo periodo.

La normativa establece un tope máximo de 200 trabajadores para el pago. Esto significa que si una empresa cuenta con 250 empleados bajo el sueldo mínimo, el subsidio solo cubrirá a los primeros 200 registrados.

Calendario de pago

El subsidio será entregado por la Tesorería General de la República (TGR) mediante transferencia bancaria a la cuenta informada en la solicitud, la cual debe estar obligatoriamente a nombre de la empresa.

  • Primera Cuota: Se pagará en mayo, 15 días corridos después de que el SII informe a la TGR sobre las solicitudes recibidas.

  • Segunda Cuota: Se pagará durante la primera quincena de agosto.

Un detalle técnico relevante es que el monto de la segunda cuota no es necesariamente idéntico al de la primera. El SII aplicará un "Factor de Empleo" automático.

Si la empresa aumentó su dotación de trabajadores con sueldo mínimo en los primeros meses de 2026 respecto a su mes base de 2025, el monto de la segunda cuota podría aumentar. Por el contrario, si hubo una disminución en las contrataciones, el monto se ajustará a la baja.

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Cómo realizar la solicitud paso a paso

El trámite se realiza exclusivamente de forma digital a través del sitio web oficial del SII. Los empleadores deben ingresar con su Rut y Clave Tributaria o Clave Única. Una vez dentro de la plataforma, el sistema verificará automáticamente si la empresa cumple con los requisitos de ventas anuales e inicio de actividades.

El sistema presentará la información de los trabajadores informada por la AFC, por lo que el contribuyente solo debe confirmar los datos y proporcionar la información bancaria para el depósito. Cabe recordar que este proceso es gratuito y no requiere de intermediarios.

Preguntas frecuentes sobre el Subsidio al Sueldo Mínimo

  • ¿Cuál es el plazo máximo para postular al subsidio? Las empresas tienen plazo hasta el 30 de abril de 2026 para realizar la solicitud única a través del sitio web del SII. Una vez enviado el formulario, no es necesario volver a postular para recibir la segunda cuota.

  • ¿Cómo se calcula el monto de la segunda cuota? El SII calcula automáticamente el monto de la segunda cuota basándose en la información de la AFC. Este puede variar según el "Factor de Empleo", aumentando si la empresa contrató más personal o disminuyendo si redujo su dotación.

  • ¿Qué empresas quedan excluidas del beneficio? No pueden acceder EIRL o SpA donde el dueño sea el único trabajador, empresas con ingresos superiores a 100.000 UF anuales, ni entidades que realicen actividades financieras, de seguros o que hayan iniciado actividades después de diciembre de 2025.

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