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Cambia ejecución de la pena

Ley de Indulto Conmutativo: Estos son los delitos que quedan fuera de la iniciativa

Por: Eduardo Aguilera
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En el Palacio de la Moneda el Presidente Sebastián Piñera promulgó esta tarde la Ley de Indulto General Conmutativo por Covid-19, la cual beneficiará a más de 1.700 personas que no han cometido delitos graves y son de baja peligrosidad.

Sin embargo, El Gobierno fue enfático en precisar que esta nueva normativa “no significa en ningún caso impunidad para quienes fueron condenados y están privados de libertad”, puesto que “solo modifica la ejecución de la pena, conmutando o sustituyendo la reclusión en las cárceles por la reclusión total en los domicilios”.

En este sentido quedan fuera de esta ley:

- Condenados por delitos graves contra la vida, la integridad física y psíquica, la libertad personal, la libertad y la propiedad.

- Condenados por delitos de violencia intrafamiliar.

- Condenados por secuestro para obtener un rescate.

- Sustracción de menores.

- Tortura.

- Asociación ilícita.

- Violación.

- Abuso sexual agravado.

- Cualquier delito sexual contra menor de edad.

- Parricidio.

- Femicidio.

- Homicidio.

- Infanticidio.

- Tráfico ilícito de migrantes y trata de personas.

- Robo calificado.

- Delitos terroristas.

- Delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra.

- Delitos de la ley de control de armas.

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