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Nuevo requisito para renovar la licencia de conducir: cuándo comenzará a exigirse en Chile

Licencia de conducir - Agencia Uno
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Por: Carlos Cornejo
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La normativa establece una nueva declaración jurada sobre el estado de salud de los conductores. Sin embargo, este requisito todavía no se aplica y su entrada en vigencia dependerá de la publicación de un reglamento.

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Si tienes que renovar tu licencia de conducir próximamente, existe un nuevo requisito que deberás considerar. Se trata de una de las principales modificaciones incorporadas por la denominada Ley Jacinta, normativa que busca reforzar las condiciones necesarias para conducir de manera segura en Chile.

La Ley N° 21.797 fue publicada en el Diario Oficial el 7 de febrero de 2026 y contempla una serie de cambios relacionados con las licencias de conducir, las evaluaciones médicas, el Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP), entre otras materias.

Uno de los cambios que más atención genera entre los conductores es la obligación de presentar una declaración jurada relacionada con el estado de salud al momento de obtener o renovar el documento.

Sin embargo, hay un punto importante: este nuevo requisito todavía no está siendo exigido.

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¿En qué consiste la nueva declaración jurada?

La Ley Jacinta establece que las personas que soliciten una licencia de conducir, ya sea por primera vez o mediante una renovación, deberán acreditar mediante una declaración jurada que no han sido diagnosticadas ni conocen padecer enfermedades que puedan ser consideradas inhabilitantes o restrictivas para conducir.

La medida busca que quienes se encuentren al volante cuenten con las condiciones físicas y psíquicas necesarias para manejar de manera segura.

El requisito será aplicable a todos los conductores, sin establecer una diferencia según la edad. Esto significa que no estará dirigido exclusivamente a personas mayores, sino que alcanzará a quienes realicen estos trámites en las distintas categorías de licencia.

Además, la normativa contempla consecuencias para quienes entreguen información falsa u omitan antecedentes relevantes.

Licencia de conducir - Agencia Uno.
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El nuevo requisito todavía no comienza a exigirse

Este es uno de los aspectos más importantes para quienes tienen una renovación pendiente.

Aunque la Ley Jacinta ya fue publicada y la obligación está contemplada en la legislación, la nueva declaración jurada todavía no forma parte del procedimiento vigente para renovar la licencia.

Esto ocurre porque la ley contempla una implementación progresiva. Antes de aplicar las nuevas exigencias, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), con la participación del Ministerio de Salud, debe elaborar un reglamento que establezca cómo funcionará el nuevo sistema.

Entre otras materias, dicho reglamento deberá determinar los criterios médicos y las enfermedades que serán consideradas inhabilitantes o restrictivas para conducir, además de establecer procedimientos estandarizados para las evaluaciones físicas y psíquicas.

¿Cuándo comenzará a regir para quienes renueven su licencia?

La normativa establece dos plazos que deben cumplirse antes de que comiencen a aplicarse estas nuevas exigencias.

Primero, el Ministerio de Transportes tiene un plazo de 12 meses desde la publicación de la ley para elaborar el reglamento correspondiente. Como la Ley N° 21.797 fue publicada el 7 de febrero de 2026, ese período se extiende hasta febrero de 2027.

Posteriormente, una vez que el reglamento sea publicado en el Diario Oficial, deberán transcurrir 90 días antes de que entren en vigencia las nuevas disposiciones relacionadas con las licencias.

Por esta razón, la publicación de la ley no significa que desde ahora todos los conductores deban presentar la declaración jurada.

Mientras no se complete este proceso, quienes necesiten renovar su licencia deberán continuar realizando el trámite bajo las condiciones actualmente vigentes.

¿Qué pasa si una persona miente en la declaración?

La nueva declaración no será simplemente un formulario informativo.

La Ley Jacinta establece que entregar información falsa u omitir deliberadamente una enfermedad que pueda afectar las capacidades para conducir será considerado una infracción grave.

Además, la persona se expone a la cancelación de su licencia de conducir como consecuencia de esta conducta.

De esta manera, la normativa busca que la información entregada por los propios conductores sea un elemento relevante dentro del proceso de evaluación de sus condiciones para manejar.

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Otros cambios que contempla la Ley Jacinta

La nueva legislación no solamente modifica el proceso para obtener o renovar la licencia.

Uno de los cambios que ya se encuentra vigente corresponde al aumento de las coberturas del SOAP. La normativa elevó los montos de indemnización contemplados por este seguro obligatorio, incluyendo una cobertura de hasta 600 UF por fallecimiento y hasta 600 UF para gastos médicos y rehabilitación.

También se incorporaron modificaciones relacionadas con las motocicletas, el uso de cámaras y monitores en determinados vehículos y nuevas disposiciones laborales vinculadas al duelo.

En el caso específico de las licencias de conducir, en cambio, todavía falta la publicación del reglamento y el posterior plazo de 90 días para que comiencen a aplicarse las nuevas exigencias.

Por lo tanto, si una persona debe renovar su licencia durante este período, no tiene que presentar todavía la nueva declaración jurada de salud, ya que el procedimiento aún no entra en vigencia.

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