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Feriado irrenunciable: ¿Cuándo cerrará el comercio de manera obligatoria?

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El próximo feriado irrenunciable corresponde a los días 18 y 19 de septiembre. Por esto, el subsecretario del Trabajo, Fernando Arab, hizo un llamado al sector comercio a respetar esta Ley, y asimismo, no arriesgar sanciones.

“Resulta fundamental el respeto de este feriado irrenunciable. Ha sido un año especialmente complejo, en especial, para los trabajadores, por lo que el respeto de sus derechos resulta esencial”, señaló el subsecretario.

Para dar cumplimiento a esta normativa, los locales deberán estar cerrados desde las 21:00 horas del 17 de septiembre y hasta las 06:00 horas del 20 de septiembre. Estos horarios solo podrían variar en caso de empleados que trabajen en turnos rotativos.

De esta manera, la mayoría de los establecimientos comerciales, como supermercados y similares, deberán cerrar sus puertas para permitir el descanso de sus trabajadores.

 

¿Quiénes se excluyen del feriado irrenunciable?

Solo se excluyen del feriado irrenunciable los trabajadores que se desempeñan en restaurantes, expendio de combustibles y farmacias de urgencia, entre otros servicios. Por lo demás, aquellos locales atendidos por sus propios dueños y/o familiares directos también podrán abrir.

No obstante, según la Dirección del Trabajo, si se trata de un trabajador que ha sido exceptuado del feriado irrenunciable cada año, dado el sector donde trabaja, y si mantiene el mismo empleador, tendrá derecho a este descanso, a lo menos, una vez cada dos años, pudiendo pactar la rotación del personal necesaria para este fin.

Multas por incumplimiento de feriado irrenunciable

Por su parte, la Dirección del Trabajo será la encargada de fiscalizar el cumplimiento del feriado el próximo fin de semana. Quienes no cumplan con la normativa se exponen a multas que van desde los $251.610 pesos (5 UTM) hasta un millón 6.440 pesos (20 UTM) por cada afectado por la infracción.

La Dirección del Trabajo habilitará un banner de denuncia en su sitio web, a partir del 17 de septiembre en la tarde, para aquellos trabajadores del comercio a los que se les esté obligando a trabajar en un contexto contrario a la Ley, según indicó este fin de semana la Directora del Trabajo, Lilia Jerez.

De acuerdo a lo especificado para estos casos, el plazo para denunciar o acceder a la normativa vigente será entre las 18:00 horas del jueves y las 15:00 horas del sábado.

Durante el feriado del 18 y 19 de septiembre de 2019, 59 empresas fueron multadas por no respetar el feriado, por un total de 60 millones de pesos. En tanto, 116 trabajadores fueron suspendidos de turnos que no debían estar cumpliendo.

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