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Derecho a retracto de matrículas en universidades: ¿Cómo funciona?

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Tras la entrega de resultados a las postulaciones universitarias el pasado domingo, desde el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) y Superintendencia de Educación anunciaron que ya es efectivo el derecho a retracto de matrículas en la educación superior. 

Este derecho beneficia a estudiantes de primer año que se hayan matriculado en alguna institución de educación superior y que luego de conocer los resultados de las postulaciones a las universidades quieran realizar un cambio de carrera en otra institución educativa.

Según explica Sernac, esta facultad está dentro de la Ley del Consumidor (LPC) y comienza a regir un plazo de 10 días corridos, desde el 1 de marzo, para ejercer el derecho a retracto, el cual es válido para todas las instituciones de educación superior del país.

¿Qué resguarda el derecho a retracto de educación superior? 

- El retracto puede ser ejercido por los estudiantes matriculados para el año 2021, no importando el tiempo transcurrido antes de la publicación de los resultados del sistema de acceso.

- El establecimiento no puede cobrar por los servicios respecto de los cuales el alumno se desistió. Debe devolver lo pagado por la matrícula y la documentación que respalda el pago del año, dentro del plazo de 10 días corridos desde que el alumno ejerció el derecho de retracto.

- La institución sólo podrá retener de lo pagado hasta el 1% del arancel anual de la carrera por concepto de costos de administración.

¿Cómo realizar el trámite del derecho al retracto? 

Desde el Servicio Nacional indican que los pasos a seguir son los siguientes: 

- Presentar el comprobante de la segunda matrícula ante la institución con la que originalmente se contrató.

- Acompañar el comprobante de la segunda matrícula, idealmente con una carta, en la que se manifiesta que se quiere ejercer el derecho a retracto donde quede bien clara la fecha de la misma. Los usuarios pueden acceder a un formato de carta con un click aquí.

- Si luego de transcurridos 10 días corridos de este trámite no se ha recibido la devolución del dinero o la confirmación de la disolución del contrato, es una infracción legal.

- Pedirle a la institución quetimbre o firme una copia de la carta, o bien, a través de algún otro mecanismo, deje constancia de la fecha en la que se hizo efectivo el derecho, por si hay problemas posteriores.

En caso de que la respuesta sea negativa por parte de la universidad, puede denunciar al SES o a través del Sernac en el Portal del Consumidor.

 

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