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Elecciones Presidenciales y Parlamentarias 2025

Así funcionará el voto asistido este domingo: guía completa para personas con discapacidad y adultos mayores

  • Por: Rodrigo Vásquez
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Este domingo 16 de noviembre, el voto es obligatorio para todos. Conoce las tres modalidades oficiales dispuestas por el Servel para ejercer tu derecho a sufragio sin barreras, incluyendo la asistencia de un acompañante o del presidente de mesa. Además, revisa las excepciones de multas de la Ley 21.779 y el uso de herramientas como las plantillas Braille y el sistema Vi-sor.

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Este domingo 16 de noviembre de 2025 se llevarán a cabo las Elecciones Presidenciales y Parlamentarias, y el voto es de carácter obligatorio para todas las personas habilitadas. Para garantizar que el derecho a sufragio se ejerza en condiciones de igualdad y sin barreras, el Servicio Electoral (Servel) ha dispuesto el voto asistido como mecanismo fundamental. Las personas con discapacidad y los adultos mayores tienen prioridad para sufragar durante toda la jornada, pudiendo ingresar directamente sin hacer fila. Conocer estas herramientas es crucial para asegurar un proceso cívico inclusivo y sin contratiempos.

El voto asistido es el principal apoyo legal que permite a quienes lo requieran sufragar con ayuda, resguardando siempre el secreto de su elección. A continuación, detallamos las tres modalidades oficiales para ejercer este derecho, desde la asistencia de una persona de su confianza hasta el uso de herramientas específicas como las plantillas Braille y el sistema de video interpretación Vi-sor. Además, revisaremos los detalles de la Ley 21.779, que establece las causales de exención de multa para personas con discapacidad que no puedan concurrir a votar.

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Las tres modalidades del voto asistido: Pasos y requisitos

El Voto Asistido es un derecho que permite a las personas con discapacidad, movilidad reducida o adultos mayores sufragar utilizando diferentes modalidades de apoyo directamente en la mesa, siempre y cuando lo soliciten y cumplan con las condiciones de seguridad y secreto del sufragio.

1. Asistencia de una persona de confianza (Acompañante)

Esta es la modalidad más común. Permite que usted elija a un acompañante para que lo asista dentro de la cámara secreta.

El acompañante está obligado a mantener el secreto de su voto.

2. Asistencia del presidente de la mesa

Si no acude con un acompañante o prefiere no ingresar con él a la cámara secreta, puede solicitar ayuda directamente al presidente o presidenta de su mesa.

Este procedimiento asegura el máximo resguardo del secreto del sufragio.

3. Votar fuera de la cámara secreta

Esta modalidad está destinada principalmente a quienes utilizan dispositivos de ayuda o requieren de una ubicación que les impide acceder al cubículo de votación.

Medidas de accesibilidad y apoyo adicional en el local de votación

Para asegurar un proceso de voto verdaderamente inclusivo, el Servel ha dispuesto herramientas específicas que están disponibles en todos los locales de votación:

Herramienta Objetivo Quién la solicita
Plantilla con Ranura / Braille Permite a las personas con discapacidad visual o ceguera marcar su voto con precisión, sintiendo la ubicación de las opciones en la cédula electoral. Se debe solicitar al presidente de la mesa.
Sistema Vi-sor Plataforma de video interpretación en línea que permite a las personas sordas o con discapacidad auditiva resolver dudas cívicas en Lengua de Señas Chilena (LSCh) mediante una videollamada. Se accede a través de códigos QR que estarán disponibles en los locales de votación o directamente en la web del Servel.
Perros de asistencia El votante tiene el total derecho de ingresar al local de votación y a la cámara secreta en compañía de su perro guía o de asistencia. No se requiere aviso previo.
Preferencia de voto Las personas con discapacidad y los adultos mayores tienen preferencia para votar durante todo el día, sin necesidad de hacer fila. Aplica solo con informar al encargado de la fila.

Voto obligatorio y excepciones de Multa: Lo que establece la Ley 21.779

El voto en estas Elecciones es obligatorio para todas las personas habilitadas para sufragar. Sin embargo, si por motivos de salud o discapacidad usted no puede asistir, la ley establece causales de exención de la multa.

La Ley N° 21.779 (que modifica la Ley N° 18.700) establece una exención de la sanción económica por no votar para quienes se encuentren en las siguientes situaciones, además de las causales generales (enfermedad, ausencia del país, estar a más de 200 km, etc.):

Si usted no asiste, deberá esperar la citación del Juzgado de Policía Local (JPL) para presentar los documentos que acrediten su causal (ej. la Credencial de Discapacidad). La ley lo exime de la multa, pero el trámite de justificación debe realizarse ante el JPL.

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