ISAPRE

Revisa si puedes solicitar la devolución de pagos en excesos y excedentes

Por: Coni González
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Las Isapres también cuentan con un mecanismo para que sus afiliados puedan consultar y solicitar la devolución de pagos en exceso y excedentes.

Los afiliados pueden solicitar el dinero sobrante en sus cotizaciones. Junto con esto, las Isapres también consideran los excedentes.

¿Cómo saber si cuento con excedentes o excesos?

Para saber si una persona cuenta con excedentes o excesos en la Isapre la Superintendencia de Salud dispuso un sitio web donde cada afiliado puede revisar si cuenta o no con excedentes o excesos en su Isapre.

Para ello, se debe ingresar a la página oficial, donde se debe ingresar con el RUT del afiliado junto con el número de documento. Una vez realizada esta acción, se da a conocer el monto exacto que se dispone en excedentes o excesos (dependerá de cada caso).

¿Cuándo se efectuarán las devoluciones?

Tanto los excedentes como los excesos tienen fecha distinta de pago. Sin embargo, ambos consideran el saldo acumulado hasta el 31 de diciembre del año anterior.

¿Cuánto se devuelve el monto de los excedentes?

En este caso, el dinero que no haya sido utilizado para fines médicos serán devueltos hasta el último día hábil de enero.

Cabe destacar que la devolución es automática y se realiza mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria informada por el afiliado a su Isapre. 

En el caso de no contar con una cuenta, el pago se realizará vía cheque nominativo o vale vista. 

¿Cuándo se realiza el pago de los excesos?

En cuanto a la devolución de los excesos, está estimado que sea antes del 30 de abril de cada año, pero solo si el monto es superior a 0,07 UF ($2.083 aproximadamente). 

Por esto, si la cifra es menor, el dinero se entrega en el periodo de devolución del siguiente año o hasta que supere las 0,07 UF. 

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