Deberán adjuntar la documentación solicitada

Vocales de mesa podrán excusarse por correo electrónico

Por: Grace Russell
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Las personas que resulten designadas vocales de mesa para el próximo Plebiscito del 25 de octubre, y que no puedan desempeñar esta función por alguna de las causales de las que excluye la Ley, podrán presentar sus excusas a través del correo electrónico que dispondrán las respectivas juntas electorales de sus comunas.

Así lo informó la Asociación de Notarios, Conservadores y Archiveros Judiciales en un comunicado, a través del cual su presidente, Mauricio Astudillo, señaló que “esta medida se adoptó en el contexto originado por la pandemia, con el propósito de evitar el desplazamiento físico de quienes se vean obligados a excusarse de cumplir con este deber cívico”.

El abogado precisó que “las personas deberán adjuntar toda la documentación requerida para respaldar su solicitud, antecedentes que serán evaluados en su mérito, para dar curso a su aceptación o rechazo”.

Quienes sean seleccionados como vocal de mesa para este Plebiscito 2020 tendrán entre el 5 y el 7 de octubre como plazo para enviar sus excusas ante las Juntas Electorales, con los documentos que sirvan para acreditar las causales de inhabilidad de la Ley N°18.700.

Luego de esto, Servel publicará el 10 de octubre la nómina de los vocales reemplazantes.

vocales de mesa
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¿Qué causales eximen a los vocales de mesa?

Desde ahora, la posibilidad de excusarse como vocales de mesa o como miembro de Colegio Escrutador, se rebaja a partir de los 60 años, y se mantiene la causal por motivos de salud.

Además, se consideran excusas válidas:

Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kms. o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral.

Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las mesas, otras funciones que encomiende esta ley.

Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.

Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

vocales de mesa
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Estar la mujer en estado de embarazo o de puerperio dentro de las 6 semanas previas al parto y hasta 24 semanas siguientes a éste.

Según el motivo de la excusa, los designados vocales de mesa deberán adjuntar los documentos vía correo electrónico que acrediten estas causales, dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la designación.

Si esta excusa formal no se realiza, y tampoco se concurre a desempeñar las funciones designadas como vocal, las personas incurrirán en una infracción electoral, que es sancionada con una multa a beneficio municipal que va desde 2 a 8 U.T.M.

 

 

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